Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2015 (15/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA 15 de marzo de 2015

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Nº 012-2015-MDCLR, con la dispensa del tramite de MORDAZA de dictamen, lectura y aprobacion del acta, y contando con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DIVERSAS AREAS DEL DISTRITO DE MORDAZA DE LA MORDAZA ­ MORDAZA COMO MORDAZA RIGIDA PARA EL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR Articulo 1º.- ACTUALIZAR como MORDAZA rigida para el estacionamiento de vehiculos, las 24 horas, el Jr. MORDAZA MORDAZA (zona industrial) desde la cuadra 07 hasta la cuadra 09, el Jr. MORDAZA (zona industrial) desde la Av. Maestranza hasta la Av. MORDAZA y el Jr. MORDAZA MORDAZA Belaunde (zona industrial) entre la Av. MORDAZA y Av. 28 de Julio. Articulo 2º.- PROHIBIR el estacionamiento de vehiculos, las 24 horas, en la Av. 28 de MORDAZA (zona urbana) desde la Av. MORDAZA Faucett hasta el Jr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y la Av. MORDAZA Duarez (zona urbana) desde la Av. MORDAZA Faucett hasta el Jr. MORDAZA Tupac. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA la colocacion de avisos indicativos con el logo de PROHIBIDO ESTACIONARSE y el pintado correspondiente, con el objeto de regular lo establecido en la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Entiendase como estacionarse el paralizar un vehiculo en via publica, con o sin conductor, por un periodo mayor que el necesario para dejar o recibir pasajeros o cosas. Articulo 5º.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Sub Gerencia de Policia Municipal y Transporte las coordinaciones con Municipalidad Provincial del Callao y la Policia Nacional asignada al control de MORDAZA, para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABREJOS MORDAZA 1211780-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA
Declaran diversas areas del distrito como MORDAZA rigida para el estacionamiento vehicular
ORDENANZA Nº 002-2015-MDCLR MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, 30 de enero del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE LA LEGUA-REYNOSO VISTO: En sesion ordinaria de Concejo Municipal Nº 002-2015, celebrada en la fecha, el Informe Nº 006-2015-SGPMyT/ MDCLR, sobre declaracion de diversas areas del distrito como zonas rigidas para el estacionamiento vehicular. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; que, de conformidad con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, en concordancia con el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen como finalidad el representar al vecindario, y promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion. Que, el inciso 3.1 del articulo 81º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades establece que son funciones especificas compartidas de las municipalidades distritales establecer la nomenclatura y senalizacion de calles y vias, de acuerdo con la regulacion provincial y en coordinacion con la Municipalidad Provincial. Que, mediante Ordenanza Nº 018-2004-MDCLR, de fecha 07 de Junio del 2004, el Concejo Municipal de MORDAZA de la MORDAZA ­ MORDAZA acordo prohibir el estacionamiento de vehiculos las 24 horas del dia en el Jr. MORDAZA MORDAZA (zona industrial) desde la cuadra 07 hasta la cuadra 09, el Jr. MORDAZA (zona industrial) desde la Av. Maestranza hasta la Av. MORDAZA y el Jr. MORDAZA MORDAZA Belaunde (zona industrial) entre la Av. MORDAZA y Av. 28 de Julio. Que, motivado por las diversas quejas de parte de conductores y transeuntes, mediante Informe Nº 0062015-SGPMyT/MDCLR, la Sub Gerencia de Policia Municipal y Transporte solicita se declare MORDAZA rigida para el estacionamiento de vehiculos el Jr. MORDAZA MORDAZA (zona industrial) desde la cuadra 07 hasta la cuadra 09, el Jr. MORDAZA (zona industrial) desde la Av. Maestranza hasta la Av. MORDAZA y el Jr. MORDAZA MORDAZA Belaunde (zona industrial) entre la Av. MORDAZA y Av. 28 de MORDAZA, la Av. MORDAZA Duarez (zona urbana) de la cuadra 01 a la cuadra 15 (desde la Av. MORDAZA Faucett hasta el Jr. MORDAZA Tupac) y la Av. 28 de MORDAZA (zona urbana) desde la Av. MORDAZA Faucett hasta el Jr. MORDAZA MORDAZA Carrion. Que, mediante Informe Nº 012-2015-GAL/MDCLR, la Gerencia de Asesoria Legal opina que es viable lo solicitado por la Sub Gerencia de Policia Municipal y Transporte, segun lo normado en los articulos 3º y 6º del Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA ­ Codigo de MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, y la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Estando a lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9º y articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, lo normado en la Ley Nº 27181 ­ Ley General de Transporte y MORDAZA y en el Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA ­ Codigo de MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0162009-MTC, de conformidad con el Acuerdo de Concejo

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Otorgan beneficios para la ejecucion de obras del Programa Techo Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2015-MPH MORDAZA, 27 de febrero de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: Visto en sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza, que autoriza beneficios para la ejecucion de obras del Programa Techo Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, en concordancia al inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades- Ley Nº 27972;

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