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El Peruano Domingo 15 de marzo de 2015 548648 y Serenazgo, a los contribuyentes que realicen el pago al contado dentro de las fechas establecidas en el siguiente cronograma de pago y descuentos: FECHA DE PAGO % DE DESCUENTO HASTA EL 31 DE MARZO 20% HASTA EL 30 DE ABRIL 15% HASTA EL 30 DE MAYO 10% Artículo Cuarta.- DEJAR SIN EFECTO los intereses moratorios que se pudieran generar con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente norma. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Artículo Primera.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicación. Artículo Segunda.- Encargar el cumplimiento y efectiva difusión de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones, Unidad de Prensa e Imagen Institucional, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1211244-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Convocan a la población de niñas, niños y adolescentes de las organizaciones de la sociedad civil al Proceso del Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes para el Año Fiscal 2016 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2015/MDA Ate, 05 de marzo del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 021-2015-MDA/GP-SGPPE de la Sub Gerencia de Planes, Programas y Estadística y el Memorandum Nº 172-2015-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modifi catorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el primer párrafo del Artículo 53ºde la Ley Nº 27972 señala que “Las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planifi cación”; Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, y su modifi catoria Ley Nº 29298, establece Disposiciones y Lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el mismo que se tiene que desarrollar en armonía con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y locales; Que, mediante Ordenanza Nº 344 de fecha 29 de Mayo del 2014, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el día 21 de Junio de 2014, se regula el Proceso de Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes en el Distrito de Ate, el cual contiene los mecanismos de identificación y acreditación de los agentes participantes, las responsabilidades de los mismos, las fases para el desarrollo de las acciones del proceso del presupuesto participativo; asimismo, en el Articulo 10º señala que la metodología y cronograma de trabajo del proceso participativo niños, niñas y adolescentes para cada año fiscal se aprobará mediante Decreto de Alcaldía, disponiendo la publicación correspondiente; Que, es necesario convocar a la población de niños, niñas y adolescentes de las organizaciones de la sociedad civil para su participación al Proceso del Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes 2016 en el Distrito de Ate; Que, el proceso participativo se llevará a cabo a partir de la identifi cación de los principales problemas orientados a la niñez y adolescencia del Distrito de Ate, los cuales servirán de base para la propuesta y de acciones orientadas a dar soluciones integrales a dichos problemas; Que, mediante Informe Nº 021-2015-MDA/GP-SGPPE, la Sub Gerencia de Planes, Programas y Estadística señala como resultado de la reunión del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo se elaboró la metodología y el cronograma que regula el proceso de Presupuesto Participativo de Niños, Adolescentes en el Distrito de Ate, a efectos que el mismo sea aprobado mediante el correspondiente Decreto de Alcaldía; conforme a lo señalado en el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 344- MDA; Que, mediante Memorandum Nº 172-2015-MDA/GM, el Despacho de Alcaldía indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- CONVOCAR; a la Población de Niñas, Niños y Adolescentes de las organizaciones de la Sociedad Civil al Proceso del Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes para el Año Fiscal 2016. Artículo 2º.- APROBAR; el Cronograma y Propuesta Metodológica que regula el proceso del Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes en el Distrito de Ate, para el Año Fiscal 2016 ,conforme a lo detallado en el Anexo Nº1, adjunto al presente y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- DESARROLLAR; el proceso del presupuesto participativo de niñas, niños y adolescentes del año fi scal 2016 en el Distrito de Ate. Artículo 4º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el íntegro del anexo mencionado, encargando a la Gerencia de Desarrollo Social y Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusión. Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación, Gerencia de Desarrollo Social y Equipo Técnico del Presupuesto Participativo de niñas, niños y adolescentes, y, demás Unidades Orgánicas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1211257-1