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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2015 (17/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 49

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Martes 17 de marzo de 2015 548757 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, con el fi n de garantizar la continuidad de las actividades vinculadas a la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre a cargo de los pliegos correspondientes, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante Decreto Supremo, hasta el 31 de marzo de 2015, incorpore en el presupuesto institucional del presente Año Fiscal, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, los recursos no devengados correspondientes a los recursos autorizados por la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre; Que, en el marco de lo establecido en el citado numeral 2 de la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Ancash y San Martín, y diversos Gobiernos Locales han efectuado requerimientos de recursos para la continuidad de las actividades vinculadas a la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, por lo que, de acuerdo a la revisión efectuada por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas sobre el cumplimiento de los criterios establecidos en la mencionada Disposición Complementaria Final, resulta necesario autorizar la incorporación de dichos recursos mediante un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TREINTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 39 378 383,00), en tanto que dicho fi nanciamiento no ha sido considerado en el presupuesto institucional del presente año, por parte de los pliegos mencionados, para los mismos fi nes antes señalados; Que, en virtud de lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso c.2) del artículo 3 de la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, los recursos a ser transferidos, se ejecutan, en lo que corresponda, bajo el sistema de transferencias programáticas condicionadas; De conformidad con lo establecido en el numeral 2 de la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y la Ley N° 30191; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto 1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TREINTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 39 378 383,00), para la continuidad de la ejecución de actividades vinculadas a la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo a lo siguiente: INGRESOS (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 39 378 383,00 ------------------- TOTAL INGRESOS 39 378 383,00 ===========