Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2015 (17/03/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

548758
GASTOS SECCION MORDAZA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL GASTOS 31 913 273,00 31 913 273,00 -------------------39 378 383,00 =========== 39 378 383,00 =========== 7 465 110,00 7 465 110,00

El Peruano Martes 17 de marzo de 2015

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de marzo del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas 1212440-2

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente articulo y los montos de transferencia por pliego, se consignan en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual sera publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los titulares de los pliegos habilitados en el presente Credito Suplementario, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias calendario de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado por la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras, para que elaboren las correspondientes "Notas para la Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Ejecucion de los recursos Los recursos aprobados en el articulo 1 del presente Decreto Supremo se ejecutan, en lo que corresponda, bajo el sistema de transferencias programaticas condicionadas, conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del inciso c.2) del articulo 3 de la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre. Articulo 4º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del credito suplementario a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas.

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, Instituto de Gestion de Servicios de Salud y de los Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO Nº 048-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se aprobo, entre otros, el presupuesto del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1153 y sus modificatorias se regula la Politica Integral de Compensaciones y Entregas Economicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, cuya finalidad es que el Estado alcance mayores niveles de eficacia, eficiencia, y preste efectivamente servicios de calidad en materia de salud al ciudadano, a traves de una politica integral de compensaciones y entregas economicas que promueva el desarrollo del personal de la salud al servicio del Estado; Que, el numeral 3.2 del articulo 3 del precitado Decreto Legislativo senala que el personal de la salud esta compuesto por los profesionales de la salud y personal tecnico y auxiliar asistencial de la salud; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 8 del Decreto Legislativo N° 1153, la compensacion economica que se otorga al personal de la salud es anual y esta compuesta por la valorizacion principal, la valorizacion ajustada y la valorizacion priorizada; Que, el numeral 8.2 del articulo 8 del citado Decreto Legislativo, establece que la valorizacion ajustada es aquella otorgada al puesto, que sea ocupado por personal de la salud, en razon de la entidad a traves de la bonificacion por Puesto de Responsabilidad Jefatural de Departamento o Servicio, bonificacion por Puesto de Responsabilidad Jefatural en Establecimientos de Salud I-3, I-4, Microrredes o Redes y la bonificacion por puesto especializado o de dedicacion exclusiva en servicios de salud publica; Que, el numeral 8.3 del articulo 8 del Decreto Legislativo N° 1153 establece que la valorizacion priorizada se asigna al puesto de acuerdo a situaciones excepcionales y particulares relacionadas con el desempeno en el puesto por periodos mayores a un (1) mes y se restringe al tiempo que permanezcan las condiciones de su asignacion; considerandose dentro de esta modalidad, los puestos en MORDAZA Alejada o de Frontera, MORDAZA de Emergencia, Atencion Primaria de Salud, Atencion Especializada, Atencion en Servicios Criticos y Atencion Especifica de soporte; Que, a traves de los Decretos Supremos N° 223 y 286-2013-EF, se aprobaron, entre otros, los montos de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.