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El Peruano Martes 17 de marzo de 2015 548759 valorización priorizada por atención primaria de salud y la valorización priorizada por atención especializada para los profesionales de la salud y para el personal de la salud técnico y auxiliar asistencial a que se refi ere el Decreto Legislativo N° 1153, respectivamente; Que, con Decreto Supremo N° 128-2014-EF, se aprobó, entre otros, el monto mensual de la valorización priorizada por atención primaria de salud para los profesionales de la salud Químico que prestan servicios en el campo asistencial de la salud, así como para los técnicos especializados de los servicios de fi sioterapia, laboratorio y rayos x; Que, mediante Decreto Supremo N° 222-2014-EF, se aprobó el monto de la valorización ajustada por puesto especializado o de dedicación exclusiva en servicios de salud pública a la que hace referencia el literal c) del numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1153; Que, con Decreto Supremo N° 226-2014-EF se aprobó el monto de las valorizaciones priorizadas por zona alejada o de frontera, zona de emergencia y por atención en servicios críticos, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1153; Que, mediante Decreto Supremo N° 260-2014- EF se aprobaron los montos mensuales de las valorizaciones ajustadas por bonifi caciones por Puestos de Responsabilidades Jefaturales de Departamento o Servicio y en Establecimientos de Salud I-3, I-4, Microrredes o Redes, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1153; Que, con Decreto Supremo N° 302-2014-EF, se modifi caron los numerales 2 y 3 del Anexo I del Decreto Supremo N° 223-2013-EF, en lo que corresponde a la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud y la Valorización Priorizada por Atención Especializada para los profesionales de la salud; así como el Anexo del Decreto Supremo N° 286-2013-EF, en lo que corresponde a la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud para el personal de la salud técnico y auxiliar asistencial; y, el numeral 1.2 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 128-2014-EF correspondiente a la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud para el Químico y Técnico especializado de los servicios de fi sioterapia, laboratorio y rayos x; Que, mediante Decreto Supremo N° 342-2014-EF se aprobó el monto de la valorización priorizada por atención específi ca de soporte, para el personal de la salud técnico o auxiliar asistencial de la salud conforme a lo dispuesto en el literal f) del numeral 8.3 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1153, incorporado mediante el artículo 1 de la Ley N° 30273; Que, en el numeral 29.2 del artículo 29 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2015, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de sus organismos públicos y los gobiernos regionales para el fi nanciamiento y continuidad de las acciones de implementación en el marco del Decreto Legislativo N° 1153, las que se aprueban hasta el 30 de marzo de 2015, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último; Que, mediante Memorando Nº 0285-2015-OGGRH/ MINSA y el Informe N° 040-2015-EPP-OARH-OGGRH/ MINSA, respectivamente, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, sustenta los cálculos de los montos a transferir en el marco del Decreto Legislativo N° 1153, señalando que los mismos son conforme con la información que se encuentra registrada en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público”, a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Informe N° 056-2015-OGPP-OP/ MINSA, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud indica que cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar una Transferencia de Partidas a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto de Gestión de Servicios de Salud y de los veinticinco (25) pliegos Gobiernos Regionales, para el fi nanciamiento y continuidad de las acciones en implementación en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 29.2 del artículo 29 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en virtud del cual, mediante Ofi cio N° 711-2015-SG/MINSA, el Ministerio de Salud propone un proyecto de decreto supremo que autoriza la citada Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Que, de acuerdo a la información registrada en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público”, el monto a transferir a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto de Gestión de Servicios de Salud y de los veinticinco (25) pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 223 416 651,00); Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 131: Instituto Nacional de Salud, 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud y de los veinticinco (25) pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 223 416 651,00), para los fi nes indicados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 29.2 del artículo 29 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 223 416 651,00), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 131: Instituto Nacional de Salud, 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud y de los veinticinco (25) pliegos Gobiernos Regionales, destinada al fi nanciamiento y continuidad de las acciones en implementación en el marco del Decreto Legislativo N° 1153, conforme a lo dispuesto en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 223 416 651,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 223 416 651,00 ============