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El Peruano Jueves 26 de marzo de 2015 549447 manteca. Algunos pobladores de Moche aseguran que su nombre se debe a que este fue un plato consumido en los conventos desde la época colonial. Durante la Semana Santa de Moche es tradición que, en la entrada de algunas casas del pueblo, se cuelgue un buche de pavo infl ado, cebolla de cola o de rabo, unas ramas de culantro y ají escabeche, en señal de que ahí se ha preparado la sopa teóloga y se puede consumir”; Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www. cultura.gob.pe). Artículo 3°.- Notifi car la presente Resolución al señor Elías Rodríguez Zavaleta, Congresista de la República, a la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad y a la Municipalidad Distrital de Moche para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1215995-1 DEFENSA Designan a oficial de la Marina de Guerra del Perú para que se desempeñe como Presidente del Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa, con sede en la ciudad de Washington D.C., EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 118-2015-DE/MGP Lima, 25 de marzo de 2015 Vista, la Carta G.500-0678 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 13 de febrero de 2015; CONSIDERANDO: Que, la Junta Interamericana de Defensa (JID), es una entidad de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que tiene la función de brindar asesoramiento técnico, consultivo y educativo a la propia Organización de Estados Americanos (OEA) y a sus Estados Miembros sobre temas relacionados con asuntos militares y de defensa para contribuir a la paz y seguridad en las Américas; Que, de acuerdo con el Estatuto de la Junta Interamericana de Defensa el Consejo de Delegados es el órgano representativo superior de la Junta Interamericana de Defensa (JID), el cual se encuentra compuesto por las delegaciones de los países miembros, un Vicepresidente y Presidente, quien está a cargo de su conducción; Que, el Estado Peruano propuso la postulación del Vicealmirante Gonzalo Nicolás RIOS Polastri como candidato para presidir el Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa (JID), durante el periodo 2015-2016; Que, mediante Acta del Acto Eleccionario de fecha 21 de octubre de 2014, ha sido electo como Presidente del Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa, el Vicealmirante Gonzalo Nicolás RIOS Polastri, durante el periodo comprendido, del 1 de julio de 2015 al 30 de junio de 2016; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2009- DE/SG, de fecha 3 de febrero de 2009, se modifi có el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, estableciéndose la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en ese sentido, resulta conveniente para los intereses nacionales e institucionales nombrar en Comisión Especial en el Exterior al Vicealmirante Gonzalo Nicolás RIOS Polastri, para que se desempeñe como Presidente del Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa, con sede en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, durante el periodo comprendido del 1 de julio de 2015 al 30 de junio de 2016; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú y por ende del Estado Peruano; debido a que permitirá el incremento de las buenas relaciones con la Organización de los Estados Americanos y el Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa, contribuyendo de este modo a la Política Exterior del Estado; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 1 de julio al 31 de diciembre de 2015, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y, para completar el período de duración de la Comisión Especial en el Exterior a partir del 1 de enero de 2016 al 30 de junio de 2016, será con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, considerando la duración de la Comisión Especial en el Exterior, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión Especial en el Exterior, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Defensa del Año Fiscal 2015, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, la Ley Nº 23274, por la que el Gobierno señala a los funcionarios que tienen derecho al pasaporte diplomático, establece en su artículo 4º que excepcionalmente, mediante Resolución Suprema, se podrá autorizar el uso de pasaporte diplomático a otras personas que cumplan misiones ofi ciales; considerando la naturaleza de las funciones que ejercerá y las actividades protocolares y diplomáticas en las que tendrá que participar el Vicealmirante Gonzalo Nicolás RIOS Polastri, en su condición de Presidente del Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa, es necesario que cuente con pasaporte diplomático, a fi n que cuente con las facilidades requeridas para el cumplimiento de sus responsabilidades, tanto en el país sede como en los Estados miembros de la Entidad;