Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2015 (01/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

551756
plazo el Personal MORDAZA comisionado debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa 1232225-14

El Peruano Viernes 1 de MORDAZA de 2015

Autorizan viaje de oficial del Ejercito del Peru a los EE.UU. en comision especial
RESOLUCION SUPREMA Nº 151-2015-DE/EP MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2015 VISTO: La Hoja Informativa Nº 162/DRIE/b.b, del 05 de enero de 2015, de la Direccion de Relaciones Internacionales del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, la Junta Interamericana de Defensa (JID), es una entidad de la Organizacion de Estados Americanos (OEA), que tiene la funcion de brindar asesoramiento tecnico, consultivo y educativo a la propia Organizacion de Estados Americanos (OEA) y a sus Estados Miembros sobre temas relacionados con asuntos militares y de defensa para contribuir a la Paz y Seguridad en las Americas; Que, mediante Fax Nº 106 -2014 MINDEF/VPD/ B/01.d, del 03 de junio de 2014, el Director General de Relaciones Internacionales (e) del Ministerio de Defensa, comunica que el Jefe de la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), informa que ha recibido la invitacion para participar en el Acto Electoral de la (JID), manifestando que existe una vacante para postular al cargo de Vice-Director de la Sub Secretaria de Servicios Administrativos y Conferencias de la (JID); Que, como resultado del Acta del Acto Eleccionario del 21 de octubre de 2014, el Vice-Presidente del Consejo de Delegados, nombro al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como "Vice Director de la Sub Secretaria de Servicios Administrativos y Conferencias (SSACS), de la Junta Interamericana de Defensa (JID)", para el periodo comprendido desde el 01 de MORDAZA de 2015 al 31 de marzo de 2017; Que, mediante el documento del visto, el General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la designacion del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como "Vice Director de la Sub Secretaria de Servicios Administrativos y Conferencias (SSACS), de la Junta Interamericana de Defensa (JID)", en el periodo comprendido del 01 de MORDAZA de 2015 al 31 de marzo de 2017, en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de America; Que, es conveniente para los intereses institucionales, nombrar al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como "Vice Director de la Sub Secretaria de Servicios Administrativos y Conferencias (SSACS), de la Junta Interamericana de Defensa (JID)", en el periodo comprendido del 01 de MORDAZA de 2015 al 31 de marzo de 2017, en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran

en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente Comision Especial en el Exterior, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional de los Anos Fiscales 2015, 2016 y 2017 de la Unidad Ejecutora N° 003: Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en cuenta que la duracion de la Comision Especial en el Exterior MORDAZA mas de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 01 de MORDAZA al 31 de diciembre de 2015, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; y, para completar el periodo de duracion de la Comision Especial en el Exterior del 01 de enero de 2016 al 31 de marzo de 2017, sera con cargo al Presupuesto del Sector Publico para los Anos Fiscales respectivos; Que, considerando la duracion de la Comision Especial en el Exterior, el viaje al exterior por decision del interesado lo realizara en compania de su senora esposa y de sus dos (2) menores hijos; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de tramites administrativos de salida del pais; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2009DE/SG, de fecha 3 de febrero de 2009, se modifico el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, estableciendose la modalidad de viajes denominada Comision Especial en el Exterior, que permite la designacion de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Peru ante Organismos Internacionales, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el numeral 2.1 del articulo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, sera reducido en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8° del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru; Que, el articulo 26°, de la Ley N° 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, senala que el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio senalado en el citado articulo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el articulo 18° del citado Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, el personal nombrado en Comision Especial en el Exterior goza de los derechos a que se refiere el articulo 13° del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG del 13 de diciembre de 2006; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008 DE/SG de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los organos competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposicion que precise que, en los casos que corresponda, el otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.