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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2015 (01/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Viernes 1 de mayo de 2015 551754 Gastos de Desplazamiento – Ida US $ 6,416.28 x 02 x 01 persona US $. 12,832.56 Artículo 4°.- Que, los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta del participante y de sus dependientes, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América. Artículo 5º.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero será de US $ 6,416.28 x 08 meses x 01 persona (01 May – 31 Dic 15) y se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014; que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de Personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7º.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducida, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 8º.- El Ofi cial Superior designado deberá cumplir con presentar un informe detallado al titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 9°.- El Ofi cial Superior designado revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú durante el período de tiempo que dure la Misión de Estudios. Artículo 10°.- El Oficial Superior designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 11º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 12º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1232225-12 Autorizan viajes de personal de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU. y Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 149-2015-DE/MGP Lima, 30 de abril de 2015 Visto, el Ofi cio P.1000-1001 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 17 de abril de 2015; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú y la empresa Canadian Commercial Corporation, han suscrito el Contrato MGP/DIRCOMAT Nº 371-2014, de fecha 9 de octubre de 2014, Contrato para la Adquisición y Actualización de CINCO (5) Aeronaves SH-2G y Bienes y Servicios Asociados; Que, asimismo, la Marina de Guerra del Perú y la referida empresa, han suscrito el Contrato Adicional Nº 007-2015 (Primer Contrato Adicional al Contrato DIRCOMAT Nº 371-2014), de fecha 13 de febrero de 2015, considerando en su Cláusula Quinta, el plazo y lugar de entrega de servicio del transporte de la primera Aeronave SH-2G; Que, en relación a los referidos contratos, la Canadian Commercial Corporation, ha cursado invitación, para que una delegación de la Marina de Guerra del Perú, participe en la recepción y aceptación de la Aeronave SH-2G, la cual arribará al puerto de Baltimore, Estado de Maryland, Estados Unidos de América, para su posterior traslado por vía terrestre a las instalaciones de Kaman Aerospace Corporation, ubicada en la ciudad de Bloomfi eld, Estado de Connecticut, Estados Unidos de América, para su inspección y posterior suscripción del Acta de Conformidad, a realizarse, del 5 al 10 de mayo de 2015; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2015, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Subalterno y UN (1) Técnico, para que participen en la mencionada actividad; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Teniente Primero Manuel Felipe SOTO Arata y del Técnico 3º Moa. Oscar Antonio ARELLANO Fernández, para que participen en la recepción y aceptación de la Aeronave SH- 2G, la cual arribará al puerto de Baltimore, Estado de Maryland, Estados Unidos de América, para su posterior traslado por vía terrestre a las instalaciones de Kaman Aerospace Corporation, ubicada en la ciudad de Bloomfield, Connecticut, Estados Unidos de América, para su inspección y posterior suscripción del Acta de Conformidad, a realizarse, del 5 al 10 de mayo de 2015; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá el correcto control en la recepción del material a recepcionarse en este proceso de compra; así como, asegurará la integridad de la inversión involucrada; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002- 2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;