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El Peruano Viernes 15 de mayo de 2015 552552 De conformidad con el artículo 1 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el artículo 86 de la Constitución Política del Perú; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Jaime Félix Serida Nishimura al cargo de miembro del Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en representación del Poder Ejecutivo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Carlos Augusto Oliva Neyra como miembro del Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en representación del Poder Ejecutivo. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1237596-2 Autorizan viaje de funcionarios del INDECOPI a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 144-2015-PCM Lima, 14 de mayo de 2015 Vista la Carta Nº 294-2015/PRE-INDECOPI, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; y CONSIDERANDO: Que, del 19 al 20 de mayo de 2015, se desarrollará en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, la Reunión del Sistema Nacional de Información de Defensa del Consumidor (SINDEC), organizada por la Secretaría Nacional del Consumidor (SENACON) del Ministerio de Justicia de la República Federativa del Brasil, conforme se desprende de la comunicación electrónica del 08 de abril de 2015 dirigida al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Que, la SENACON es el órgano del Ministerio de Justicia de la República Federativa del Brasil que concentra su actuación en el planeamiento, elaboración y ejecución de la Política Nacional de Relaciones de Consumo con el objetivo de asegurar la protección y el ejercicio de los derechos de los consumidores, fomentar la armonización de las relaciones de consumo, así como fomentar la integración y la acción conjunta de los miembros del Sistema Nacional de Defensa del Consumidor de la República Federativa de Brasil; Que, el SINDEC es un sistema informático cuyo funcionamiento se encuentra bajo la responsabilidad de la SENACON, y que integra los procesos y procedimientos relacionados con la protección del consumidor en la República Federativa del Brasil, y cuya recolección de datos le permite a la SENACON establecer diversas acciones tales como investigar y sancionar proveedores, cooperar con otros órganos reguladores del país, crear indicadores públicos de defensa de los consumidores, lo cual otorga un dinamismo adecuado en la gestión de la atención de los ciudadanos de dicho país, generando a su vez un mejoramiento en las acciones de regulación y fi scalización del mercado brasilero; Que, el INDECOPI y la SENACON suscribieron un Acuerdo de Cooperación Técnica con la fi nalidad de efectuar la transferencia de conocimiento y tecnología que ha permitido el desarrollo del sistema SINDEC en dicho país, por lo que el objetivo de la referida visita es que funcionarios del INDECOPI especializados en temas de protección al consumidor, en servicios de atención al ciudadano y en tecnologías de la información conozcan y comprendan de primera mano y a cabalidad tanto los aspectos técnicos como políticos de dicho sistema, de manera que la puesta en marcha de este sistema pueda ser concretada de manera exitosa en la República del Perú; Que, el INDECOPI ha sometido a consideración la participación en la referida reunión de la señora Amparito Gianina Acevedo Flores, Gerente de la Gerencia de Tecnologías de la Información (GTI), el señor César Herrera Camacho, Ejecutivo 1 del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) y el señor Benjamín Vila Alarcón, Ejecutivo 1 de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor (DPC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, dado que el grado de especialización y experiencia de los referidos funcionarios en los temas sobre tecnologías de la información, atención al ciudadano y protección al consumidor respectivamente, contribuirá a asegurar, a través de la visita a las instalaciones de la SENACON e intercambio de información con sus funcionarios, una adecuada recepción, adaptación y ejecución del sistema SINDEC en el país; Que, en ese sentido, la participación de los referidos funcionarios y la efectiva realización en el país del sistema SINDEC, representan una oportunidad para contribuir al desarrollo económico del país a través del fortalecimiento institucional y de las funciones del INDECOPI, dado que, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, tiene como mandato formular recomendaciones sobre la priorización de acciones en determinados sectores de consumo y sobre la generación de normas sobre protección de los consumidores, promover la creación del sistema de información y orientación a los consumidores, evaluar la efi cacia de los mecanismos de prevención y solución de confl ictos en las relaciones de consumo, así como canalizar la comunicación entre el sector público y privado a fi n de promover una cultura de protección de los derechos de los consumidores y lograr una visión conjunta sobre las acciones necesarias para ello; De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; el Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Amparito Gianina Acevedo Flores, Gerente de la Gerencia de Tecnologías de la Información (GTI), y de los señores César Herrera Camacho, Ejecutivo 1 del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) y Benjamín Vila Alarcón, Ejecutivo 1 de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor (DPC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, del 18 al 21 de mayo de 2015, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y Apellidos Pasajes US$ (*) Viáticos por día US$ Número de días Total Viáticos US$ Total US$ Amparito Gianina Acevedo Flores 2000 370 2+1 1110 3110