Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2015 (15/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Viernes 15 de mayo de 2015 552562 CONSIDERANDO: Que, el Estatuto del Banco de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 07-94-EF y sus modifi catorias, dispone en su artículo 13 que el Banco es gobernado por un Directorio, integrado por cinco miembros, de los cuales uno es representante del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Suprema N° 056-2011-EF, publicada el 16 de agosto de 2011, se designó al señor Carlos Augusto Oliva Neyra, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Directorio del Banco de la Nación; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al referido cargo, por lo que resulta necesario aceptarla y designar a la representante que lo reemplazará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 y el Estatuto del Banco de la Nación aprobado por Decreto Supremo Nº 07-94-EF y sus modifi catorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Carlos Augusto Oliva Neyra, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Directorio del Banco de la Nación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Rossana Carla Polastri Clark, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Directorio del Banco de la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1237596-8 Designan Asesor II - Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 169-2015-EF/10 Lima, 14 de mayo de 2015 CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Ministerial Nº 315-2014- EF-10, publicada el 21 de setiembre de 2014, se designó al señor Enzo Fabrizio Defi lippi Angeldonis, como Asesor II-Jefe del Gabinete de Asesores, Categoría F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al referido cargo, por lo que resulta necesario aceptarla y designar al funcionario que lo reemplazará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el artículo 77 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Enzo Fabrizio Defi lippi Angeldonis, al cargo de Asesor II-Jefe del Gabinete de Asesores, Categoría F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor José Giancarlo Gasha Tamashiro, en el cargo de Asesor II-Jefe del Gabinete de Asesores, Categoría F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1237526-1 EDUCACION Autorizan viaje de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación a la República de Corea, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2015-MINEDU Lima, 14 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante carta CL/4093 de fecha 09 de febrero de 2015 la Directora General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, cursa invitación al Ministerio de Educación, para participar en el Foro Mundial sobre la Educación 2015, evento que se desarrollará del 19 al 22 de mayo de 2015, en la ciudad de Incheon, República de Corea; Que, el referido evento tiene como fi nalidad evaluar los logros y las defi ciencias que se han registrado en el cumplimiento de los objetivos de la Educación para Todos (EPT) y de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM); acordar una posición conjunta y un Marco de Acción relacionado a las metas y a los objetivos de desarrollo sostenible vinculados a la educación de la Agenda para el Desarrollo después de 2015, la misma que será aprobada por los Estados Miembros de las Naciones Unidas en setiembre del presente año; Que, mediante Informe Nº 017-2015-MINEDU/SG- OGCI, la Jefa de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, señala que la expectativa sobre este evento está relacionada a la importancia que tiene la educación en el desarrollo de las políticas sociales y para atender los requerimientos que demanda el crecimiento económico en el mundo; por ende, es fundamental que la Agenda para el Desarrollo después de 2015, que reemplazará a los ODM, recoja los objetivos cuantifi cables en el ámbito educativo; Que, es trascendente la participación del Ministerio de Educación en el citado evento, toda vez que se defi nirá el Marco de Acción de la Educación para el periodo 2015- 2030, el cual marcará la pauta internacional para el Sector Educación; siendo la República del Perú y la República Federativa del Brasil, los países representantes de América Latina y El Caribe para el proceso de negociación y redacción del documento declaratorio del Foro Mundial sobre la Educación 2015; Que, en tal sentido, y siendo de interés para la Institución, resulta necesario autorizar el viaje del señor FELIPE JOSE VALENCIA-DONGO QUINTANILLA, Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación, a la ciudad de Incheon, República de Corea, cuyos gastos de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 010: Ministerio de Educación – Unidad Ejecutora: 024; Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,