Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2015 (15/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

552560
SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Comision Especial en el Exterior a la MORDAZA de MORDAZA D.C. - Estados Unidos de MORDAZA, del MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, NSA O-9543687 DNI Nº 43712951 y del MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, NSA O-9556188 DNI Nº 02773543, como Oficiales Adjuntos a la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa, alumnos de la Clase LV del Curso de Altos Estudios de Defensa y Seguridad Hemisferica del Colegio Interamericano de Defensa y Asesores durante la Clase LVI del mencionado curso, del 01 de MORDAZA de 2015 al 30 de junio de 2017, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 30 de junio de 2015 y su retorno el 01 de MORDAZA de 2017. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos de ida : MORDAZA ­ MORDAZA D.C. (Estados Unidos de America) MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Titular y 02 hijos US $ 1,860.28 x 03 personas (Incluye TUUA) = US $ MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Titular, esposa y 02 hijos US $ 1,860.28 x 04 personas (Incluye TUUA) = US $

El Peruano Viernes 15 de MORDAZA de 2015

Articulo 9º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores 1237595-5

5,580.84

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de consultor del Ministerio de Economia y Finanzas a la Confederacion Suiza, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2015-EF MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DAE-DNE) Nº 0068 de fecha 9 de MORDAZA de 2015, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunica que la audiencia ante el Organo de Apelacion de la Organizacion Mundial del Comercio (OMC) sobre la diferencia "Peru ­ Derecho Adicional sobre las importaciones de determinados productos agropecuarios" (DS457), se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza, los dias 26 y 27 de MORDAZA de 2015; Que, asimismo, mediante comunicacion escrita de fecha 27 de MORDAZA de 2015, el Estudio de Abogados White & Case LLP, contratado para la defensa de los intereses del Estado peruano en la mencionada diferencia, solicita la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consultor de la Direccion General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economia y Finanzas, en las reuniones de trabajo previas a la referida audiencia, a realizarse del 23 al 25 de MORDAZA de 2015; Que, el objetivo principal de la participacion del citado consultor en los mencionados eventos resulta importante en el MORDAZA de solucion de diferencias entablado en el Organo de Apelacion de la Organizacion Mundial del Comercio (OMC) y condicionara el desarrollo futuro de dicho proceso; Que, en las reuniones MORDAZA senaladas se preparara y se desarrollaran los elementos que aseguren una correcta defensa del Sistema de Franja de Precios, herramienta que forma parte de la politica arancelaria y que tiene implicancias en la politica aduanera; temas que se enmarcan dentro de las competencias de la Direccion General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consultor de la referida Direccion General, participe en dichas reuniones a fin que pueda aportar informacion necesaria sobre los elementos de la politica MORDAZA senalada que contribuya a la defensa de los intereses nacionales; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que las autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos

7,441.12

Gastos de Traslado ­ Ida (equipaje, menaje e instalacion) US $ 10,693.80 x 02 x 02 personas = US $ 42,775.20 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 10,693.80 x 06 meses x 02 personas = US $ 128,325.60 -------------------------Total a pagar = US $ 184,122.76

Articulo 3º.- El monto de la compensacion extraordinaria mensual sera reducida por la Fuerza Aerea del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Articulo 4º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, en el Decreto Supremo Nº 262-2014EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; con cargo al presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 5º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje en Comision Especial en el Exterior, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa ­ Fuerza Aerea del Peru del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Articulo 7º.- El personal designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 8º.- El personal designado, esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

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