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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2015 (15/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Viernes 15 de mayo de 2015 552566 VISTOS; la Nota Informativa con Registro de Salida N° 219/15 procedente de la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en el Reino de España, de fecha 15 de abril de 2015; el Ofi cio N° 272-2015-DIRASINT-PNP- SEC de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policia Nacional del Perú, de fecha 17 de abril de 2015; y el Memorándum Múltiple N° 220-2015-DIRGEN-PNP/ EMP-OCNI, de fecha 12 de mayo de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 272-2015-DIRASINT- PNP-SEC de fecha 17 de abril de 2015, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú se dirige a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, informando que a través de la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en el Reino de España, se ha hecho extensiva la invitación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), para la participación de un efectivo policial en el “I Curso de Ciberdelincuencia IBERPOL”, a realizarse del 18 al 29 de mayo de 2015, en la ciudad de Antigua de Guatemala – República de Guatemala; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 406- 2015-DIRGEN PNP/EMP-OCNI, de fecha 12 de mayo de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que se autorice el viaje al exterior en misión de estudios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Richard Mariano Román Pedraza, personal policial perteneciente a la Dirección Ejecutiva de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policia Nacional del Perú, a fi n de que participe en el Curso indicado en el considerando precedente; Que, mediante Memorándum Múltiple N° 220-2015- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI, de fecha 12 de mayo de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú en mérito a los documentos sustentatorios pertinentes, autorizó el viaje señalado en el considerando precedente, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente y señalando que el mismo irrogará gastos al Estado peruano en cuanto a los pasajes aéreos en clase económica; Que, el numeral 3 del artículo 13° de la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1148, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, la experiencia e información en materia del conocimiento y análisis de las modalidades delictivas perpetradas a través de las nuevas tecnologías de la información y comunicación a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el Curso indicado, redundará en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando de interés institucional y del país; asimismo la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), fi nanciará el alojamiento, la manutención y los traslados internos en la República de Guatemala, debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación, por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), serán cubiertos por la Unidad Ejecutora N° 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos en caso de corresponder y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en misión de estudios del Comandante de la Policía Nacional del Perú Richard Mariano Román Pedraza, a la ciudad la Antigua de Guatemala, República de Guatemala, del 17 al 30 de mayo de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Pers. TOTAL NS S/. Pasaje S/. 3.256.00 1 = S/. 3,256.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese y comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1237596-11 Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Cuba, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 112-2015-IN Lima, 14 de mayo de 2015 VISTOS; la Carta S/N de la Dirección, Capacitación y Formación de la Organización Internacional de Policia Criminal (INTERPOL) de fecha 2 de marzo de 2015; y el Memorándum Múltiple N° 180-2015-DIRGEN-PNP/ EMP-OCNI de fecha 22 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de la Dirección, Capacitación y Formación de la Organización Internacional de Policia