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El Peruano Viernes 15 de mayo de 2015 552554 Hm3, por un periodo de dos (02) años, la cual venció el 17.04.2015; Que, con ofi cio del visto de fecha 20.03.2015, antes del vencimiento del plazo, el Proyecto Especial Majes Siguas - AUTODEMA del Gobierno Regional de Arequipa solicitó se prorrogue la reserva de recursos hídricos otorgada mediante la resolución señalada en el considerando precedente; Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos mediante Informe Técnico N° 012-2015- ANA-DCPRH-ERH-SUP/CAC de fecha 30.04.2015, indica que el recurrente con Ofi cio N° 084-2015-GRA/PEMS-GE- GDPMSIIE remitió el informe técnico sustentatorio sobre la prórroga de la reserva de recursos hídricos, indicando que el “Proyecto Mejoramiento y Ampliación de la Frontera Agrícola Optimizando los recursos hídricos de la Sub Cuenca del Río Arma”, con código SNIP del Proyecto de Inversión Pública N° 149150, cuenta con perfi l aprobado por la Ofi cina de Programación de Inversiones de la Región de Arequipa; Que, asimismo, el citado informe concluye que la reserva de agua otorgada no ha sido modifi cada, razón por la cual es procedente prorrogar la reserva de aguas superfi ciales del río Arma - Sección El Vado, por un volumen anual de hasta 196.81 Hm3, a favor del Proyecto Especial Majes Siguas - AUTODEMA, para el “Proyecto Mejoramiento y Ampliación de la Frontera Agrícola Optimizando los recursos hídricos de la sub cuenca del río Arma”, por dos años adicionales, y en las mismas condiciones; Que, estando a que la reserva de recursos hídricos otorgada mediante Resolución Jefatural N° 148-2013- ANA venció el 17.04.2015, y no obstante, la solicitud de prórroga fue presentada con anterioridad a su vencimiento, corresponde otorgar prórroga de la reserva de recursos hídricos, con efi cacia anticipada; Que, en tal sentido, se debe prorrogar por el plazo de dos (2) años, la reserva de recursos hídricos, con efi cacia anticipada al 18.04.2015, a favor del Proyecto Especial Majes Siguas - AUTODEMA del Gobierno Regional de Arequipa, en las mismas condiciones establecidas en la Resolución Jefatural Nº 148-2013-ANA; Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, con el visto de Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica, así como de acuerdo a lo previsto en el artículo 103° de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 206° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- De la prórroga de la reserva de recursos hídricos Prorrogar por el plazo de dos (2) años, con efi cacia anticipada al 18.04.2015, la reserva de recursos hídricos otorgada mediante Resolución Jefatural N° 148-2013-ANA, a favor del Proyecto Especial Majes Siguas - AUTODEMA del Gobierno Regional de Arequipa, del agua superfi cial proveniente del río Arma - sección El Vado, por un volumen anual de hasta 196.81 Hm3, según el siguiente detalle: Demanda hídrica Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Total Anual Agricola 14.85 14.49 16.73 13.64 13.69 11.23 11.65 11.52 10.91 11.15 11.53 12.83 154.22 Poblacional 1.18 1.06 1.18 1.14 1.18 1.14 1.18 1.18 1.14 1.18 1.14 1.18 13.88 Industrial 2.92 4.66 3.73 2.30 1.20 2.26 1.96 1.92 2.04 2.46 1.65 1.61 28.71 Total 18.95 20.21 21.64 17.08 16.07 14.63 14.79 14.62 14.09 14.79 14.32 15.62 196.81 Artículo 2°.- De la supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña y la Administración Local de Agua Ocoña - Pausa, son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1237530-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Guam, Estados Unidos de América, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 132-2015-MINCETUR Lima, 14 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, a fi n de alcanzar una mayor proyección competitiva en cuanto a la convergencia, liberalización e integración comercial; Que, el Acuerdo de Asociación Transpacífi co – TPP, es un proceso de negociación que abarca países de América, Asia y Oceanía, y que busca convertirse en la base y el medio para establecer el Área de Libre Comercio del Asia Pacífi co; Que, en el marco de la Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica del Asia Pacífi co - APEC, en noviembre de 2008, el Perú anunció que se uniría a las negociaciones del TPP, acordando para tal fi n, con las demás partes de dicho Acuerdo, realizar reuniones intersesionales; Que, en Guam, Estados Unidos de América, del 20 al 28 de mayo de 2015, se llevarán a cabo, entre otras, las Reuniones Bilaterales de Viceministros de Comercio Exterior, con miras a lograr mayores avances en todas las materias pendientes y las Reuniones del Grupo Técnico en materia de Asuntos Ambientales, durante las cuales se presentarán propuestas a los Jefes Negociadores, a efectos de consensuar la posición peruana en coordinación con el Ministerio de Ambiente; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se autorice su viaje y del señor Ernesto Emilio Guevara Lam, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en las reuniones antes mencionadas;