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El Peruano Jueves 21 de mayo de 2015 552997 3. ESTABLECER que los gerentes o directores de los órganos desconcentrados y/u órganos prestadores nacionales del Seguro Social de Salud - ESSALUD, serán los responsables de brindar la información a que se refi ere el artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en el ámbito de su competencia. 4. NOTIFICAR la presente Resolución a los funcionarios mencionados en los numerales 2 y 3 precedentes. 5. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. 6. PUBLICAR la presente Resolución en el Portal de Transparencia del Seguro Social de Salud - ESSALUD. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BAFFIGO DE PINILLOS Presidente Ejecutivo 1239263-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de representantes del Ministerio a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2015-MTC Lima, 20 de mayo de 2015 VISTOS: El Ofi cio No. 037-2015-EF/CE-36 emitido por el Presidente de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, el Memorándum No. 0708-2015-MTC/04 emitido por la Secretaría General, el Memorándum No. 104-2015- MTC/02 y eI Informe No. 056-2015-MTC/02.AL.LME emitidos por el Viceministerio de Transportes; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de julio de 2006, el Estado de la República del Perú (El Concedente) representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien a su vez actúa a través de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), y de la otra parte DP World Callao S.A., suscribieron el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Nuevo Terminal de Contenedores ubicado adyacente al rompeolas sur del Terminal Portuario del Callao - Zona Sur; Que, mediante el Ofi cio No. 037-2015-EF/CE-36, el Presidente de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, hace de conocimiento del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la realización de la audiencia de jurisdicción y méritos a realizarse en el marco de la controversia internacional iniciada por DP World Callao S.R.L. y otros en contra de la República del Perú, del 25 al 30 de mayo de 2015, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, en tal sentido y dada la importancia de la citada audiencia, en la cual el Perú presentará su defensa frente al reclamo planteado por los demandantes, la participación de los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, resulta necesaria y de interés para el Sector y el Estado Peruano; por cuanto las partes deben formular argumentos que consoliden su posición frente al Tribunal Arbitral; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asumirá con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes y viáticos que ocasione el viaje; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo No. 056-2013-PCM, la Ley No. 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y a lo informado por el Viceministerio de Transportes, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Raúl Lizardo García Carpio, Director General de Concesiones en Transportes y Lenin William Mayorga Elías, Asesor del Despacho Viceministerial de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 24 al 31 de mayo de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (para dos personas, incluido TUUA) US$ 4,210.40 Viáticos (para dos personas) US$ 6,160.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1240171-14 Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en OM en la localidad de Casma - Santa, departamento de Áncash RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 171-2015-MTC/03 Lima, 12 de mayo del 2015 VISTO, el Expediente Nº 2013-080361 presentado por el señor ROSARIO HECTOR BALTAZAR ALFARO, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de Casma-Santa, departamento de Áncash; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio