Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2015 (21/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Jueves 21 de MORDAZA de 2015

553003

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Designan Jefe de la Unidad de Logistica del SINEACE
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 063-2015-COSUSINEACE/CDAH-P MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la Ley N° 28740 establece que el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa es el conjunto de organismos, normas y procedimientos estructurados e integrados funcionalmente, destinados a definir y establecer los criterios, estandares y procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion a fin de asegurar los niveles basicos de calidad que deben brindar las instituciones a las que se refiere la Ley General de Educacion N° 28044 y promover su desarrollo cualitativo; Que, mediante la Decima MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganizacion el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE y se deroga el Capitulo II del Titulo I, a excepcion del numeral 8.3 del articulo 8, y los Titulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740, dejandose sin efecto en tal sentido, el Consejo Superior y los organos operadores del sistema; Que, considerando que se deben continuar ejecutando las acciones necesarias para el funcionamiento de la Institucion, se ha considerado conveniente designar a la persona que estara a cargo de la Unidad de Logistica del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa para las funciones de dirigir, organizar, coordinar y supervisar la ejecucion de las actividades de programacion, procesos de seleccion, ejecucion contractual, almacenamiento, distribucion, control patrimonial y servicios generales de la entidad, con la finalidad de que se continue con el desarrollo de las actividades y metas institucionales; Contando con el visto MORDAZA del Jefe de la Oficina de Administracion, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Secretaria Tecnica, la Jefa de Oficina de Asesoria Juridica del SINEACE; y, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa; y la Ley N° 30220, Ley Universitaria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Reynozo MORDAZA, como Jefe de la Unidad de Logistica del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, quien asumira funciones, a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1239206-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT a Qatar, en comision de servicios
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 123-2015/SUNAT MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio N° 082-2015-EF/15.01 de fecha 7 de MORDAZA de 2015, el Viceministro de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas, cursa invitacion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT para que participe en la Tercera Ronda de Negociaciones para la Suscripcion de un Convenio para Evitar la Doble Imposicion y Prevenir la Evasion Fiscal entre el Peru y el Estado de Qatar, evento que se llevara a cabo en la MORDAZA de Doha, Estado de Qatar, los dias 27 y 28 de MORDAZA de 2015; Que el Peru viene negociando con el Estado de Qatar, un Convenio para evitar la doble tributacion y prevenir la evasion fiscal, habiendose para ello llevado a cabo dos rondas de negociaciones, la primera en la MORDAZA de Doha y la MORDAZA en la MORDAZA de Lima; Que en la tercera ronda de negociaciones, se identificaran las disposiciones y temas que quedaron pendientes, los cuales estan relacionados con las rentas pasivas: dividendos, intereses y regalias, sobre los que el Estado de Qatar ha solicitado gravamen exclusivo en residencia cuando la renta es generada por el Estado o determinados organismos publicos designados por este; Que en tal sentido, siendo de interes institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 068-2015SUNAT/5D0000 de fecha 11 de MORDAZA de 2015, resulta necesario autorizar la participacion del trabajador MORDAZA Pintado MORDAZA, Intendente Nacional Juridico (e); Que el numeral 1 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siendole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolucion de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Ano Fiscal 2012, en las que se preve la prohibicion de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectuen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que asimismo, el numeral 2 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT autorizara los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador MORDAZA Pintado MORDAZA del 24 al 29 de MORDAZA de 2015, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aereos que incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viaticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la

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