Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2015 (21/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA sobre el suministro de uranio poco enriquecido para un reactor de investigacion" formalizado por intercambio de Notas, Nota Nº 2393 de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA, de fecha 05 de diciembre de 2014, y Nota RE (DGM) Nº 6-3/27 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru, de fecha 13 de febrero de 2015. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro del referido Acuerdo, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Articulo 4°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores 1240171-3

El Peruano Jueves 21 de MORDAZA de 2015

Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Espana, para que se desempene como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante el Principado de Andorra
RESOLUCION SUPREMA Nº 088-2015-RE MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2015 VISTAS: La Resolucion Suprema N.° 050-2015-RE, que nombro al senor MORDAZA MORDAZA Roncagliolo MORDAZA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Espana; La Resolucion Ministerial N.° 0239-2015-RE, que fijo el 20 de MORDAZA de 2015, como la fecha en que el citado funcionario asumio funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Espana; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Que, mediante Nota N.° NV PE.02/15, del Ministerio de Asuntos Exteriores del Principado de Andorra, comunica que se ha concedido el beneplacito de estilo para que el senor MORDAZA MORDAZA Roncagliolo MORDAZA, se desempene como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante el Principado de Andorra, con residencia en MORDAZA, Reino de Espana; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) N.° 2161, del Despacho Viceministerial, de 6 de MORDAZA de 2015; y el Memorando (PRO) N.° PRO0256/2015, de la Direccion General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 4 de MORDAZA de 2015; De conformidad con la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; y Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1.- Nombrar al senor MORDAZA MORDAZA Roncagliolo MORDAZA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Espana, para que se desempene como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante el Principado de Andorra, con residencia en MORDAZA, Reino de Espana. Articulo 2.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Articulo 3.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores 1240171-11

Ratifican la "Enmienda Nº Uno al Convenio de Donacion entre los Estados Unidos de MORDAZA y la Republica del Peru (Convenio de Donacion de USAID Nº 527-0426)"
DECRETO SUPREMO Nº 025-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Enmienda Nº Uno al Convenio de Donacion entre los Estados Unidos de MORDAZA y la Republica del Peru (Convenio de Donacion de USAID Nº 5270426)" fue suscrita el 19 de MORDAZA de 2013; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118 inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el MORDAZA parrafo del articulo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica a celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la "Enmienda Nº Uno al Convenio de Donacion entre los Estados Unidos de MORDAZA y la Republica del Peru (Convenio de Donacion de USAID Nº 527-0426)", suscrita el 19 de MORDAZA de 2013. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro de la referida Enmienda, asi como su fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Articulo 4°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores 1240171-4

Nombran Consul Honorario del Peru en Gdansk, Republica de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 089-2015-RE MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2015

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