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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2015 (21/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 44

El Peruano Jueves 21 de mayo de 2015 552986 la Central Térmica Ilo de 238,89 MW a 216,89 MW, a consecuencia del retiro de la turbina a vapor 2 (TV2) de 22,0 MW de potencia instalada; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009- 93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, mediante el Ofi cio Nº 1267-2015-OS-GFE presentado el 11 de febrero de 2015 con registro Nº 2472813, OSINERGMIN informó que el retiro de operación de la turbina a vapor 2 no afectará el Servicio Público de Electricidad; Que, la solicitud de modifi cación de autorización de generación de energía eléctrica consistente en la reducción de la potencia instalada de 238,89 MW a 216,89 MW, cumple con los requisitos establecidos en el ítem AE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 038-2014- EM, y cuenta con la opinión a que se refi ere el Informe N° 098-2015-DGE-DCE, siendo procedente la modifi cación solicitada; Estando a lo dispuesto por el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modifi cación de la autorización identifi cada con Código Nº 33003193 para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica a través de la Central Térmica Ilo de la que es titular ENERSUR S.A., concerniente a la reducción de la potencia instalada de 238,89 MW a 216,89 MW. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del acotado Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1237258-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 113-2015-IN Lima, 20 de mayo de 2015 VISTOS; el Mensaje EXT EEG6/15612/JPA/8 de fecha 16 de abril de 2015, de la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Madrid; y, el Memorándum Múltiple Nº 187-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI, de fecha 27 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 090-2014-JUS de fecha 2 de mayo de 2014, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Michel Molvan Andrade Mora, formulada por la Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas en su modalidad agravada, en agravio del Estado peruano, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante el Mensaje EXT EEG6/15612/JPA/8 de fecha 16 de abril de 2015, la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Madrid, hizo de conocimiento a la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Lima que se ha concedido la petición de extradición activa del ciudadano peruano Michel Molvan Andrade Mora; motivo por el cual, resulta pertinente se autorice el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Madrid, Reino de España, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 350-2015- DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 24 de abril de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior del país en comisión de servicios del 21 al 27 de mayo de 2015, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Luis Alberto Salazar Meza y del Mayor de la Policía Nacional del Perú José Luis Raposo de Oliveira Mengoa, a la ciudad de Madrid, Reino de España, para que ejecuten la extradición activa mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 187-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 27 de abril de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú;