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El Peruano Jueves 28 de mayo de 2015 553402 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Designan representantes del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0248-2015-MINAGRI Lima, 25 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2003-VIVIENDA, en adelante el Decreto Supremo, se consideró efectuada la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE al Gobierno Regional Ica, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, en el marco del procedimiento establecido por el Consejo Nacional de Descentralización; Que, mediante el artículo 6 del Decreto Supremo, se constituyó un Consejo Directivo en el Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, como máximo órgano de la entidad, encargado de establecer las políticas, planes, actividades, metas y estrategias de la institución, encargándosele también la supervisión de la administración general y la marcha institucional; conformado, entre otros, por un (01) representante del Instituto Nacional de Desarrollo – INADE y un (01) representante del Ministerio de Agricultura; señala también que el representante del Gobierno Nacional será designado mediante resolución ministerial por el Titular del Sector correspondiente; Que, mediante el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, se aprobó la fusión del Instituto Nacional de Desarrollo – INADE en el Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, este último en calidad de ente absorbente; por lo que el MINAGRI cuenta con dos (02) representantes en el mencionado Consejo Directivo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0514-2011- AG, de fecha 16 de diciembre de 2011, se designó a los señores Rubén Morales Cabrera y Nicanor Toro Lévano como representantes del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha; Que, asimismo, mediante la Resolución Ministerial Nº 0415-2012-AG, de fecha 31 de octubre de 2012, se dio por concluida la designación del señor Rubén Morales Cabrera como representante del Ministerio de Agricultura, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, designándose en su reemplazo al señor Luis Oliva Fernández Prada; Que, es necesario dar por concluida la designación de los representantes del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, designándose a sus reemplazantes; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs 0514-2011-AG y 0415-2012-AG, de los señores Nicanor Toro Levano y Luis Oliva Fernández Prada, respectivamente, como representantes del Ministerio de Agricultura, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al Director de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua – ANA, y al señor Giancarlo Albertho Rosazza Osorio, servidor de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, como representantes del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución al Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, así como a los representantes designados y ex representantes, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1242786-1 AMBIENTE Reconocen el Área de Conservación Privada (ACP) Bosque de Nogal y Bosque de Puentecilla, ubicada en el departamento de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2015-MINAM Lima, 26 de mayo de 2015 Visto; el Ofi cio Nº 140-2014-SERNANP-J recibido el 07 de abril de 2015; remitido por el Jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, y demás antecedentes relacionados a la solicitud presentada por el señor Raúl Huaman Mulatillo, en su calidad de Presidente de la Comunidad Campesina de Cujaca; sobre reconocimiento del Área de Conservación Privada (ACP) Bosque de Nogal y Bosque de Puentecilla; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 12 de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que los predios de propiedad privada podrán, a iniciativa de su propietario, ser reconocidos por el Estado, en todo o en parte de su extensión, como Áreas de Conservación Privada, siempre que cumplan con los requisitos físicos y técnicos que ameriten su reconocimiento; Que, el artículo 70 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establece que constituyen Áreas de Conservación Privada aquellos predios de propiedad privada que por sus características ambientales, biológicas, paisajísticas u otras análogas, contribuyen a complementar la cobertura del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, aportando a la conservación de la diversidad biológica e incrementando la oferta para investigación científi ca y la educación, así como de oportunidades para el desarrollo de turismo especializado. Las Áreas de Conservación Privada pueden zonifi carse en base a lo establecido por la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente – MINAM, tiene como función específi ca dirigir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE; asimismo, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, adscrito al MINAM, como ente rector del SINANPE;