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El Peruano Jueves 28 de mayo de 2015 553418 persona jurídica inscrita en la Partida N° 13264536 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, GENERACIÓN SOLAR PERÚ S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2452270 de fecha 27 de noviembre de 2014, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque Fotovoltaico Taqana, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93- EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en el distrito, provincia y departamento de Tacna, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 150-2015-DGE-DCE, recomendando que se otorgue la concesión temporal; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de la empresa GENERACIÓN SOLAR PERÚ S.A.C., que se identifi cará con el código N° 26358714, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque Fotovoltaico Taqana, para una capacidad instalada estimada de 50 MW, los cuales se realizarán en el distrito, provincia y departamento de Tacna, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 359 570,0109 8 009 308,5758 2 360 375,6853 8 008 703,1396 3 359 307,9205 8 007 073,2551 4 358 525,6980 8 007 623,6840 Artículo 3.- El concesionario está obligado a realizar los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1240468-3 Modifican el Numeral 9.1 del Plan de Acceso Universal a la Energía 2013 – 2022, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 203-2013-MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2015-MEM/DM Lima, 27 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 3 de la Ley Nº 29852, se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético – FISE, el cual conforme a lo establecido en el numeral 5.1 del artículo 5 de la mencionada Ley destinará sus recursos, entre otros, para los fi nes de Masifi cación del Uso del Gas Natural (residencial y vehicular) de acuerdo con el Plan de Acceso Universal a la Energía, aprobado por el Ministerio de Energía y Minas; Que, en el marco de las disposiciones establecidas en las Leyes Nros 29852 y 29969 y sus respectivos reglamentos, en concordancia con la Política Energética Nacional del Perú 2010-2040, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 064-2010-EM, mediante Resolución Ministerial Nº 203-2013-MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 28 de mayo de 2013, se aprobó el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013 - 2022; Que, el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013 - 2022, tiene como Objetivo General, promover desde el ámbito energético, el desarrollo económico efi ciente, sustentable con el medio ambiente y con equidad, implementando proyectos que permitan ampliar el acceso universal al suministro energético, priorizando el uso de fuentes energéticas disponibles, debiendo establecer la viabilidad técnica, social y geográfi ca de los proyectos mencionados, con el objeto de generar una mayor y mejor calidad de vida de las poblaciones de menores recursos en el país, en el periodo 2013-2022; Que, el numeral 9.1 del Plan antes mencionado contiene los Proyectos para la Masifi cación del Uso del Gas Natural (Residencial y GNV) considerados para el período 2013 – 2022; Que, con posterioridad a la aprobación del mencionado Plan, en el marco de la Política Pública de Masifi cación del Uso del Gas Natural a Nivel Nacional implementada por el Estado Peruano, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito diversos contratos, tales como: i) el Contrato de Asociación Público Privada para la Masifi cación del Uso de Gas Natural, utilizando Gas Natural Comprimido (GNC), a las ciudades de Abancay, Andahuaylas, Huamanga, Huanta, Huancavelica, Huancayo, Jauja, Cusco, Juliaca y Puno, suscrito con la empresa TRANSPORTADORA DE GAS NATURAL COMPRIMIDO ANDINO S.A.C. – TGNCA S.A.C., autorizado mediante Resolución Ministerial Nº 065-2013-EM, ii) el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Norte, que se encuentra constituida por toda la extensión comprendida dentro de la delimitación política de las regiones: Lambayeque, La Libertad, Ancash y Cajamarca, suscrito con la Sociedad Concesionaria Gases del Pacífi co S.A.C., autorizado mediante la Resolución Ministerial Nº 067-2013-EM, el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, que se encuentra constituida por toda la extensión comprendida dentro de la delimitación política de las regiones: Arequipa, Moquegua y Tacna, suscrito con la Sociedad Concesionaria Gas Natural Fenosa