Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2015 (28/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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persona juridica inscrita en la Partida N° 13264536 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, GENERACION SOLAR PERU S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2452270 de fecha 27 de noviembre de 2014, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Solar MORDAZA Fotovoltaico Taqana, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito, provincia y departamento de Tacna, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 150-2015-DGE-DCE, recomendando que se otorgue la concesion temporal; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo N° 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Otorgar concesion temporal a favor de la empresa GENERACION SOLAR PERU S.A.C., que se identificara con el codigo N° 26358714, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Solar MORDAZA Fotovoltaico Taqana, para una capacidad instalada estimada de 50 MW, los cuales se realizaran en el distrito, provincia y departamento de Tacna, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 ESTE 359 570,0109 360 375,6853 359 307,9205 358 525,6980 NORTE 8 009 308,5758 8 008 703,1396 8 007 073,2551 8 007 623,6840 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Energia y Minas 1240468-3

El Peruano Jueves 28 de MORDAZA de 2015

y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Modifican el Numeral 9.1 del Plan de Acceso Universal a la Energia 2013 ­ 2022, aprobado mediante la Resolucion Ministerial N° 203-2013-MEM/DM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 264-2015-MEM/DM MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 3 de la Ley Nº 29852, se creo el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusion Social Energetico ­ FISE, el cual conforme a lo establecido en el numeral 5.1 del articulo 5 de la mencionada Ley destinara sus recursos, entre otros, para los fines de Masificacion del Uso del Gas Natural (residencial y vehicular) de acuerdo con el Plan de Acceso Universal a la Energia, aprobado por el Ministerio de Energia y Minas; Que, en el MORDAZA de las disposiciones establecidas en las Leyes Nros 29852 y 29969 y sus respectivos reglamentos, en concordancia con la Politica Energetica Nacional del Peru 2010-2040, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 064-2010-EM, mediante Resolucion Ministerial Nº 203-2013-MEM/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de MORDAZA de 2013, se aprobo el Plan de Acceso Universal a la Energia 2013 - 2022; Que, el Plan de Acceso Universal a la Energia 2013 - 2022, tiene como Objetivo General, promover desde el ambito energetico, el desarrollo economico eficiente, sustentable con el medio ambiente y con equidad, implementando proyectos que permitan ampliar el acceso universal al suministro energetico, priorizando el uso de MORDAZA energeticas disponibles, debiendo establecer la viabilidad tecnica, social y geografica de los proyectos mencionados, con el objeto de generar una mayor y mejor calidad de MORDAZA de las poblaciones de menores recursos en el MORDAZA, en el periodo 2013-2022; Que, el numeral 9.1 del Plan MORDAZA mencionado contiene los Proyectos para la Masificacion del Uso del Gas Natural (Residencial y GNV) considerados para el periodo 2013 ­ 2022; Que, con posterioridad a la aprobacion del mencionado Plan, en el MORDAZA de la Politica Publica de Masificacion del Uso del Gas Natural a Nivel Nacional implementada por el Estado Peruano, el Ministerio de Energia y Minas ha suscrito diversos contratos, tales como: i) el Contrato de Asociacion Publico Privada para la Masificacion del Uso de Gas Natural, utilizando Gas Natural Comprimido (GNC), a las ciudades de Abancay, Andahuaylas, Huamanga, Huanta, Huancavelica, Huancayo, Jauja, MORDAZA, Juliaca y MORDAZA, suscrito con la empresa TRANSPORTADORA DE GAS NATURAL COMPRIMIDO MORDAZA S.A.C. ­ TGNCA S.A.C., autorizado mediante Resolucion Ministerial Nº 065-2013-EM, ii) el Contrato de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesion Norte, que se encuentra constituida por toda la extension comprendida dentro de la delimitacion politica de las regiones: MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, suscrito con la Sociedad Concesionaria Gases del MORDAZA S.A.C., autorizado mediante la Resolucion Ministerial Nº 067-2013-EM, el Contrato de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesion Sur Oeste, que se encuentra constituida por toda la extension comprendida dentro de la delimitacion politica de las regiones: MORDAZA, MORDAZA y Tacna, suscrito con la Sociedad Concesionaria Gas Natural Fenosa

Articulo 3.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez

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