Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2015 (28/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Solar Esmeralda; Que, de lo expuesto en los considerandos que anteceden, se observa que las obligaciones asumidas por Enel Green Power Peru S.A. devienen en imposibles de cumplir por razones de fuerza mayor, motivo por el cual la concesion temporal ha dejado de tener objeto; Que, la situacion juridica descrita en el considerando que antecede se encuentra recogida en el numeral 203.2.3 de articulo 203 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, permitiendo asi la revocacion de los actos administrativos cuando sobrevienen razones objetivas que la hacen necesarias; Que, atendiendo a que la revocacion de la concesion temporal para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Solar MORDAZA, ha sido solicitada por el destinatario del acto y no genera perjuicios a terceros, procede revocar con efectos a futuro la citada concesion temporal al MORDAZA de lo previsto en el numeral 203.2.3 del articulo 203 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, aplicable al caso materia de la presente Resolucion; y, en consecuencia, se dispone la devolucion de la garantia obrante en el Expediente; Estando a lo dispuesto en el numeral 203.2.3 del articulo 203 de la Ley N° 27444; y de conformidad con el Informe N° 001-2015-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Calificar como fuerza mayor la superposicion de los predios entre la concesion temporal aprobada mediante la Resolucion Ministerial N° 279-2013-MEM/DM y el proyecto de Represamiento Yarascay que impidio desarrollar los estudios a nivel de factibilidad relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Solar MORDAZA, convirtiendo en inejecutables las obligaciones comprendidas en la citada concesion temporal, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- Revocar, con efectos a futuro, la concesion temporal para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Solar MORDAZA, otorgada mediante la Resolucion Ministerial Nº 279-2013-MEM/DM a favor de Enel Green Power Peru S.A. Articulo 3.- Disponer la devolucion de Carta Fianza N° 0011-0708-9800060393-50 emitida por el Banco Continental a favor del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 4- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, por cuenta de Enel Green Power Peru S.A., en cumplimiento de lo establecido en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Energia y Minas 1237255-1

El Peruano Jueves 28 de MORDAZA de 2015

VISTO: El Expediente N° 26358614 sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Solar MORDAZA Fotovoltaico Paracas, presentado por GENERACION SOLAR PERU S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 13264536 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, GENERACION SOLAR PERU S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2452260 de fecha 27 de noviembre de 2014, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Solar MORDAZA Fotovoltaico Paracas, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 209-2015-DGE-DCE, recomendando que se otorgue la concesion temporal; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo N° 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM ; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Otorgar concesion temporal a favor de la empresa GENERACION SOLAR PERU S.A.C., que se identificara con el codigo N° 26358614, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Solar MORDAZA Fotovoltaico Paracas, para una capacidad instalada estimada de 50 MW, los cuales se realizaran en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 ESTE 402 699,6072 404 072,5338 404 072,6028 405 490,4311 405 536,4429 405 694,5815 408 833,7740 410 361,9401 410 267,1925 407 707,6190 406 019,0554 402 736,3520 NORTE 8 457 260,6583 8 457 144,3757 8 456 820,3243 8 456 762,3568 8 457 363,7269 8 457 636,6723 8 457 454,6588 8 457 358,4669 8 456 025,3333 8 456 179,2637 8 454 968,4871 8 455 562,8941

Otorgan concesion temporal a favor de la empresa Generacion Solar Peru S.A.C., para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Solar MORDAZA Fotovoltaico Paracas que se realizaran en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 251-2015-MEM/DM MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2015

Articulo 3.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi

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