Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2015 (30/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Sábado 30 de mayo de 2015 553660 Que, el Artículo 2° del Decreto Supremo Nº 012-2004- TR, que reglamenta a la Ley Nº 27736, establece que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo (ahora Dirección General del Servicio Nacional del Empleo) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar. Dicho artículo, además señala que los organismos públicos y empresas del Estado remitirán con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar; debiendo designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, mediante Resolución del Títular de la entidad, la cual deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 29849 incorpora entre otros, el artículo 8º del Decreto Legislativo 1057 que establece que el acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso. La convocatoria se realiza a través del portal institucional de la entidad convocante, en la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de información; Que, por cese del trabajador Miguel Martín Aste Nuñez, Especialista de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración, se hace necesario designar a otro servidor como responsable alterno de remitir las ofertas de empleo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por lo que se estima realizar la acción administrativa a que se contrae la presente resolución. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1059 y el Decreto Supremo N° 008- 2005-AG, Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA; y con los vistos buenos de los Directores Generales de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Desarrollo Institucional y de Administración; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluido con efi cacia anticipada al 23 de setiembre de 2014, la designación efectuada mediante Resolución Jefatural Nº 0002- 2014-MINAGRI- SENASA, entre otros al Psic. Miguel Martín Aste Nuñez, como responsable alterno de remitir las ofertas de empleo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, como responsable alterno de remitir las ofertas de empleo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, al Psi. Martín Guillermo Malca Lazo, Especialista en Recursos Humanos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe). Regístrese y comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Jefe Servicio de Sanidad Agraria 1243479-1 AMBIENTE Autorizan viaje de servidor a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 144-2015-MINAM Lima, 29 de mayo de 2015 Visto, el Informe N° 138-2015-MINAM/DVMDERN/ DGDB de 19 de mayo de 2015, de la Dirección General de Diversidad Biológica; las Memoranda N° 818 y 824- 2015-MINAM/SG/OPP de 25 de mayo de 2015, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 147-2015-MINAM/SG/OGA de 26 de mayo de 2015, de la Ofi cina General de Administración; la Ficha de Solicitud Autorización Viaje al Exterior; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de Invitación, recibida el 07 de mayo de 2015, la Secretaría de la Convención sobre los Humedales (RAMSAR), comunica al Ministerio del Ambiente – MINAM, la realización de la Décimo Segunda Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes en la Convención sobre los Humedales - “Humedales para nuestro futuro”, la cual se llevará a cabo en la ciudad de Punta del Este – República Oriental del Uruguay, del 01 al 09 de junio de 2015; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 25353 de fecha 26 de noviembre de 1991, se aprobó la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional, Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas - Convención RAMSAR, que es un tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos; Que, el literal j) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, señala como una de las funciones del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, actuar como punto focal de la Convención sobre humedales RAMSAR, supervisando el cumplimiento de sus disposiciones; Que, los objetivos del citado evento son: i) Negociar la posición país en los espacios de discusión y dialogo sobre acuerdos vinculantes que forman parte de la Convención RAMSAR, formulando propuestas al Comité Permanente y a las Partes Contratantes; ii) Negociar mecanismos de fi nanciamiento para la Convención y las iniciativas Manglares y Humedales Altoandinos para los países de la región, entre los que se encuentra el Perú; y, iii) Exponer ante la Asamblea las experiencias obtenidas en los sitios RAMSAR, en la gestión de humedales impulsados por el Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente – MINAM; Que, el artículo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, en tal sentido, la asistencia y participación de un representante del Ministerio del Ambiente - MINAM, en el mencionado evento, se encuentra enmarcado en la excepción establecida por el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 30281, en razón a que el viaje se efectuará en el marco de la Convención sobre los Humedales (RAMSAR), por tanto, es de especial interés para el Ministerio del Ambiente - MINAM, en su condición de Autoridad Ambiental Nacional; por lo que, resulta conveniente autorizar el viaje al exterior del señor Edgardo Elson Marthans Castillo, Especialista en Conservación de la Dirección General de Diversidad Biológica, el cual se realizará con cargo al presupuesto institucional; Que, mediante las Memoranda N° 818 y 824-2015- MINAM/SG/OPP de 25 de mayo de 2015, respectivamente, la Directora de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto emite el Certifi cado de Crédito Presupuestario, sobre disponibilidad de recursos en la Genérica de Gasto 2.3: Bienes y Servicios, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio del Ambiente; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal