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El Peruano Sábado 30 de mayo de 2015 553672 aprobaron las normas reglamentarias sobre la Autorización de Viajes al Exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, que hace extensivo al personal de la Policía Nacional del Perú el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; y, el Decreto Legislativo Nº 1151, Ley del Régimen Educativo de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en misión de estudios de los Cadetes de Primer Año de la Escuela de Ofi ciales de la Policía Nacional del Perú, Antauro Higor Ccanto Olivera, José Santos Sierra Palomino, Daniel Hoyos Fernández, Joseph Kerwin Pérez Velásquez y Nelly Jacinta Huamaní Rojas, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 31 de mayo de 2015 al 31 de diciembre de 2018, para los fi nes indicados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora N° 002– Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007 – Ministerio del Interior, correspondiente al Año Fiscal 2015, de acuerdo al detalle siguiente: Importe US $ Meses Personas Compensación extraordinaria 961.24 X 7 X 5 = US$ 33,643.40 Pasajes 964.00 X 5 = US$ 4,820.00 US$ 38,463.40 Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicios en el exterior, se hará por los días reales y efectivos de servicios en el extranjero, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4°.- El Ministro del Interior queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5°.- Dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país, el personal a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada. Artículo 6°.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1244508-5 Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú al Reino de España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 125-2015-IN Lima, 29 de mayo de 2015 VISTOS; el Mensaje EEG2/23001/JPA/8 de fecha 4 de mayo de 2015, de la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Madrid; y, el Memorándum Múltiple Nº 218- 2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 11 de mayo de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 078-2011-JUS de fecha 6 de abril de 2011, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano boliviano Donald Ramón Navarro Tapia, formulada por la Sala Penal de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, por la presunta comisión del delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje EEG2/23001/JPA/8 de fecha 4 de mayo de 2015, la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Madrid, hizo de conocimiento a la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Lima, que se ha concedido la petición de extradición activa del ciudadano boliviano Donald Ramón Navarro Tapia; motivo por el cual resulta pertinente se autorice el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Madrid, Reino de España, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 404-2015- DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 8 de mayo de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior del país en comisión de servicios del 12 al 18 de junio de 2015, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Edgard Sixto Alarcón Velásquez y del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Gilmar Julián Navarro Rodríguez, a la ciudad de Madrid, Reino de España, para que ejecuten la extradición activa mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 218-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 11 de mayo de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas