Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2015 (30/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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aprobaron las normas reglamentarias sobre la Autorizacion de Viajes al Exterior de servidores y funcionarios publicos; el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, que hace extensivo al personal de la Policia Nacional del Peru el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; y, el Decreto Legislativo Nº 1151, Ley del Regimen Educativo de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en mision de estudios de los Cadetes de Primer Ano de la Escuela de Oficiales de la Policia Nacional del Peru, Antauro Higor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Kerwin MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, del 31 de MORDAZA de 2015 al 31 de diciembre de 2018, para los fines indicados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora N° 002­ Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007 ­ Ministerio del Interior, correspondiente al Ano Fiscal 2015, de acuerdo al detalle siguiente:
Compensacion extraordinaria Pasajes Importe US $ 961.24 964.00 X Meses 7 X X Personas 5 = US$ 33,643.40 5 = US$ 4,820.00 US$ 38,463.40

El Peruano Sabado 30 de MORDAZA de 2015

VISTOS; el Mensaje EEG2/23001/JPA/8 de fecha 4 de MORDAZA de 2015, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Madrid; y, el Memorandum Multiple Nº 2182015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 11 de MORDAZA de 2015, de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 078-2011-JUS de fecha 6 de MORDAZA de 2011, el Estado peruano accede a la solicitud de extradicion activa del ciudadano boliviano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, por la presunta comision del delito Contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje EEG2/23001/JPA/8 de fecha 4 de MORDAZA de 2015, la Oficina Central Nacional de INTERPOL en MORDAZA, hizo de conocimiento a la Oficina Central Nacional de INTERPOL en MORDAZA, que se ha concedido la peticion de extradicion activa del ciudadano boliviano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tapia; motivo por el cual resulta pertinente se autorice el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargaran de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinion Nº 404-2015DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 8 de MORDAZA de 2015, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, en base a los argumentos y documentos senalados en la referida Hoja de Estudio y Opinion, estimo conveniente que la Direccion General de la Policia Nacional del Peru autorice el viaje al exterior del MORDAZA en comision de servicios del 12 al 18 de junio de 2015, del Mayor de la Policia Nacional del Peru Edgard MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial Superior de la Policia Nacional del Peru Gilmar MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, para que ejecuten la extradicion activa mencionada en el considerando precedente; Que, en atencion a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorandum Multiple Nº 218-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 11 de MORDAZA de 2015, la Direccion General de la Policia Nacional del Peru dio su conformidad al viaje al exterior senalado, disponiendo se proceda a la formulacion del proyecto de resolucion autoritativa correspondiente y que los gastos por concepto de viaticos para el personal policial seran asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aereos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable seran asumidos por el Poder Judicial; Que, segun lo establecido en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la resolucion de autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por tarifa unica de uso de aeropuerto; Que, conforme al penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, las excepciones a la prohibicion de viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas

Articulo 3°.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria por servicios en el exterior, se MORDAZA por los dias reales y efectivos de servicios en el extranjero, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4°.- El Ministro del Interior queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5°.- Dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al MORDAZA, el personal a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada por la compensacion extraordinaria asignada. Articulo 6°.- La presente autorizacion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 1244508-5

Autorizan viaje de personal de la Policia Nacional del Peru al Reino de Espana, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 125-2015-IN MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2015

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