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El Peruano Sábado 30 de mayo de 2015 553664 la comisión peruana que participará en el proceso de negociación, el mismo que se desarrollará en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, los días 01 y 02 de junio del presente año; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Nueva York – Estados Unidos de América, del Coronel FAP EDUARDO ERIK MALLQUI ESPINOZA, para que integre la comisión peruana que participará en el proceso de negociación del mencionado Memorándum de Entendimiento, por ser de interés nacional; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad de la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Nueva York – Estados Unidos de América, del Coronel FAP EDUARDO ERIK MALLQUI ESPINOZA, NSA: O-9587790 DNI: 07928455, para que integre la comisión peruana que participará en el proceso de negociación del Memorándum de Entendimiento (MdE) entre las Naciones Unidas y el Gobierno del Perú, que permitirá la participación peruana en la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA), los días 01 y 02 de junio de 2015; así como autorizar su salida del país el 31 de mayo de 2015 y su retorno el 04 de junio de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima – Nueva York (Estados Unidos de América) - Lima: US$ 2,823.80 x 01 persona (Incluye TUUA) = US$ 2,823.80 Viáticos: US$ 440.00 x 03 días x 01 persona = US$ 1,320.00 Total a pagar = US$ 4,143.80 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1244506-2 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de diversos países RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 468-2015 DE/SG Lima, 29 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nros. 270, 332, 333, 398, 408 y 412, del 13 de abril, 5 de mayo, 21 de mayo, 28 de mayo y 29 de mayo de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, de la República de Guatemala, de los Estados Unidos Mexicanos, de la República de Colombia, de la República Oriental del Uruguay, de la República Federativa del Brasil, del Canadá, de la República de El Salvador y de la República Dominicana, sin armas de guerra; Que, con Ofi cios Nros. 759, 862, 872, 928, 940-2015- MINDEF/VPD/B/01.a, del 28 de abril, del 15 de mayo, del 18 de mayo, del 28 de mayo y del 29 de mayo de 2015, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América, de la República de Guatemala, de los Estados Unidos Mexicanos, de la República de Colombia, de la República Oriental del Uruguay, de la República Federativa del Brasil, del Canadá, de la República de El Salvador y de la República Dominicana; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 1 al 5 de junio de 2015, con la fi nalidad de participar en el “Simposio Regional sobre Bio- Vigilancia”, que se desarrollará en La Punta; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de 1 Modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209