Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2015 (06/11/2015)
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TEXTO DE LA PÁGINA 7
El Peruano / Viernes 6 de noviembre de 2015
NORMAS LEGALES
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pública y tratamiento de residuos sólidos y b) Gestionar la ejecución de proyectos vinculantes con las áreas territoriales; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Por la Integración de San Martín y Loreto", contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefinida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modificación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la "Mancomunidad Municipal Por la Integración de San Martín y Loreto", la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Bajo Biavo, Pampa Hermosa, Shamboyacu y Tingo de Ponasa aprueban la constitución de la "Mancomunidad Municipal Por la Integración de San Martín y Loreto"; ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 122-2015PCM/ SD-OGI-MIRA, se concluye que se han subsanado las observaciones al trámite de inscripción y que en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la "Mancomunidad Municipal Por la Integración de San Martín y Loreto", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010-PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal Por la Integración de San Martín y Loreto"; integrada por las Municipalidades Distritales de Pampa Hermosa de la Provincia de Ucayali, en el Departamento de Loreto, Bajo Biavo de la Provincia de Bellavista, y Shamboyacu y Tingo de Ponasa de la Provincia de Picota, en el Departamento de San Martín; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Por la Integración de San Martín y Loreto", como sigue: - Presidente: Aníbal Jiménez Guerrero, alcalde de Municipalidad Distrital de Pampa Hermosa. - Director: Juan Siguenas Vaca, alcalde de Municipalidad Distrital de Bajo Biavo. - Director: Juan Dedicación Tocto Pilco, alcalde de Municipalidad Distrital de Shamboyacu. - Director: Jorge Martínez Guerra, alcalde de Municipalidad Distrital de Tingo de Ponasa. la la la la
Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI Secretaria de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 1307872-1
AGRICULTURA Y RIEGO
Formalizan la ratificación de la aprobación del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA del INIA, aprobado mediante R.J N° 00180/2014-INIA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0547-2015-MINAGRI Lima, 3 de noviembre de 2015 VISTO: El Oficio N° 773-2015-INIA-J/PNIA, de fecha 22 de setiembre de 2015, del Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, sobre aprobación del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación Agraria PNIA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0692-2014-MINAGRI, de fecha 19 de diciembre de 2014, modificado mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0700-2014-MINAGRI, se conformó el "Grupo de Trabajo: Comité Directivo del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA", con carácter temporal, como órgano superior de dirección del PNIA; Que, el numeral 3 del artículo 3 de la mencionada primera Resolución Ministerial establece como una de las funciones del Grupo de Trabajo, el aprobar el Manual Operativo del Proyecto y sus posteriores modificaciones, para su formalización mediante Resolución Ministerial; Que, conforme consta de la copia del Acta N° 0022015-CD/PNIA, el mencionado Grupo de Trabajo en sesión llevada a cabo el 12 de agosto de 2015, acordó por unanimidad, entre otros aspectos, ratificar la aprobación del Manual de Operaciones del PNIA, realizada mediante Resolución Jefatural Nº 00180/2014-INIA, de fecha 27 de junio de 2014, por lo que el Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria INIA, con el Oficio de Visto solicita formalizar la ratificación de la aprobación del referido Manual mediante resolución ministerial; Que, a través del Informe N° 118-2015-MINAGRIOGPP/OPI, la Oficina de Programación e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, ha opinado favorablemente sobre el contenido del Manual de Operaciones del PNIA, por lo que corresponde formalizar la ratificación de su aprobación; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la ratificación de la aprobación del Manual de Operaciones del Programa Nacional
Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la "Mancomunidad Municipal Por la Integración de San Martín y Loreto", en el Registro de Mancomunidades Municipales.