Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2015 (06/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Viernes 6 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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consulares, para extender los visados sea cual fuera la calidad migratoria contemplada en dicha Ley; Que, conforme a ello, el Perú cuenta con marco normativo que le permite la implementación de una política de inmigración consistente en exonerar del requisito de visa temporal; Que, en virtud de los Decretos Supremos N° 23-95-RE y N° 109-2003-RE, los extranjeros que son ciudadanos de los países conformantes del Espacio Schengen, con la calidad migratoria de turista, se encuentran exonerados de la visa temporal para su ingreso a la República de Perú, hasta por 90 días calendarios; Que, bajo dicho contexto, se considera que debe emitirse el presente decreto supremo a fin de establecer la exoneración del requisito de visa para las calidades migratorias de estudiante, negocios, y periodista, a los nacionales de los países miembros de la Unión Europea pertenecientes al Espacio Schengen De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Exoneración del requisito de visa temporal Exonérese del requisito de visa temporal en las calidades migratorias de estudiante, negocios, y periodista, a los nacionales de los países miembros de la Unión Europea pertenecientes al Espacio Schengen. Artículo 2.- Plazo máximo de estada El plazo máximo de estada será de 90 días calendario, sea como visita continua o varias visitas consecutivas, durante el plazo de seis meses. Artículo 3.- Vigencia El presente decreto supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1308828-3

Que, en la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, se llevarán a cabo las siguientes reuniones: - Reunión del Consejo de Altos Funcionarios, del 7 al 8 de noviembre de 2015; - Reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, el 9 de noviembre de 2015; y - IV Cumbre del Foro América del Sur ­ Países Árabes (ASPA), del 10 al 11 de noviembre de 2015; Que, resulta necesario que el señor Viceministro de Relaciones Exteriores asista a las referidas reuniones, a fin de garantizar una adecuada representación del Perú; Teniendo en cuenta las Hoja de Trámite (GAC) Nº 5733, del Despacho Viceministerial, de 29 de octubre de 2015; y el Memorando (OPR) Nº OPR00331/2015, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 30 de octubre de 2015, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Viceministro de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Eduardo Martinetti Macedo, a la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, del 9 al 11 de noviembre de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios por concepto de alojamiento en la ciudad de Riad serán cubiertos por el Reino de Arabia Saudita y los gastos de viáticos serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje aéreo Viáticos Número Total Nombres y Apellidos clase económica por día 50% de viáticos US$ US$ días US$ Julio Eduardo Martinetti Macedo 6 512,52 255,00 3 765,00

Autorizan viaje del Viceministro de Relaciones Exteriores a Arabia Saudita, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0981/RE-2015 Lima, 5 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, es de interés prioritario del Gobierno del Perú contribuir a profundizar las relaciones de nuestra región con los países árabes, a través de su activa participación en las reuniones, a todo nivel, del Foro América del Sur­ Países Árabes (ASPA); Que, el Perú fue sede de la III Cumbre ASPA en octubre de 2012, así como de las actividades y eventos conexos, desarrollados durante y después de la Cumbre, ejerciendo la Presidencia del referido Foro durante dicho período;

Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5. Encargar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Luis Salinas Montes, Director General de América del Ministerio de Relaciones Exteriores, con retención de su cargo, las funciones del Viceministro de Relaciones Exteriores, a partir del 7 de noviembre de 2015, y mientras dure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1308777-1

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