Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2015 (14/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Sábado 14 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

566405

Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 029-2015-SA Lima, 13 de noviembre del 2015 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, se llevará a cabo la "Actividad de Cooperación Técnica en ANVISA-Brasil referente al Entrenamiento e Intercambio de Experiencias en el área de Ensayos Clínicos, Biodisponibilidad y Bioequivalencia", del 16 al 20 de noviembre de 2015; Que, mediante Oficio N° 855/2015-AINTE/ANVISA, de fecha 18 de agosto de 2015, el Coordinador Sustituto de la Coordinación de Cooperación Técnica Internacional y de Asesoría de Asuntos Internacionales de la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria ­ ANVISA de la República Federativa de Brasil, cursa invitación al Ministerio de Salud para que representantes de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas de la citada entidad participen en el mencionado evento; Que, el referido evento tiene como objetivos desarrollar el intercambio de experiencias e información con los profesionales de la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria - ANVISA de la República Federativa de Brasil, en el área de ensayos clínicos, biodisponibilidad y bioequivalencia, así como incentivar la cooperación entre autoridades reguladoras y mejorar las competencias de los profesionales para la elaboración de los proyectos de normas; Que, de conformidad con el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste es competente, entre otros rubros, en el ámbito de productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos, insertándose los objetivos del evento señalado dentro del ámbito de competencia del citado Ministerio; Que, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud es el órgano técnico-normativo en los aspectos relacionados a las autorizaciones sanitarias de medicamentos, otros productos farmacéuticos y afines; certificación, control y vigilancia de los procesos relacionados con la producción, importación, distribución, almacenamiento, comercialización, promoción, publicidad, dispensación y expendio de productos farmacéuticos y afines; contribuyendo al acceso equitativo de productos farmacéuticos y afines de interés para la salud, eficaces, seguros, de calidad y usados racionalmente; Que, en tal sentido, el Ministerio de Salud ha considerado pertinente la participación de las químicos farmacéuticas Patricia Eugenia Amanqui Rodríguez e Ysabel Sonia Gutiérrez Aures, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, en el evento antes señalado; lo cual permitirá el intercambio de experiencias y el fortalecimiento de las competencias en los ámbitos referidos a ensayos clínicos, biodisponibilidad y bioequivalencia de productos farmacéuticos; Que, con Memorando N° 1943-2015-OGA/MINSA, la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud informa que el viaje que realizarán las citadas profesionales cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, la participación de las citadas profesionales es de fundamental importancia y trascendencia para el logro de los objetivos que persigue el Ministerio de Salud,

resultando de interés institucional autorizar el viaje de las mismas; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e) y f) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y sus modificatorias; y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de las químicos farmacéuticas Patricia Eugenia Amanqui Rodríguez e Ysabel Sonia Gutiérrez Aures, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 15 al 21 de noviembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de las citadas profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle:
· Pasaje aéreo, tarifa económica para 2 personas : US$ 4,614.34 (c/ persona US$ 2,307.17, incluido TUUA) · Viáticos por 6 días para 2 personas : US$ 4,440.00 (c/persona US$ 370 x 6, incluido gastos de instalación) ----------------TOTAL : US$ 9,054.34

Artículo 3.- Disponer que las citadas profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1312277-31

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