Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2015 (26/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Jueves 26 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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por tratarse de una costumbre milenaria, testimonio de la creación y sabiduría de nuestros antepasados y que por sus inigualables particularidades se constituye como un bien de singular valor universal, prevaleciendo hasta nuestros días un procedimiento milenario de cocción de determinados alimentos; Que, con Oficio de Vistos el Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios hace suyo y remite el Informe Técnico N° 003-2015-MINAGRI-DIGNADINPE/ MWG, por el cual, propone se declare el primer domingo del mes de febrero de cada año como "Día Nacional de la Pachamanca", lo que permitirá promover la realización a nivel nacional, regional y local de festivales, concursos, celebraciones, ferias y encuentros alusivos a la fecha; dinamizar la economía campesina y nativa, fortaleciendo la actividad comunitaria en el entorno rural; la innovación gastronómica; el reconocimiento de la importancia del factor cultural como eje del desarrollo económico local; el consumo sostenible de los productos agrarios y el cuidado de la biodiversidad; así como, fortalecer el posicionamiento comercial nacional e internacional de los productos agrarios involucrados en la preparación de la pachamanca; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar, el primer domingo del mes de febrero de cada año como "Día Nacional de la Pachamanca", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1315975-1

AMBIENTE
Aprueban culminación del proceso de transferencia de funciones en materia de minería, hidrocarburos y electricidad del Ministerio al SENACE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 328 -2015-MINAM Lima, 25 de noviembre de 2015 Visto, el Memorándum N° 770-2015-MINAM/SG/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ambiente; el Oficio N° 221-2015-SENACE/J, suscrito por el Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ SENACE y el Informe N° 001-2015-CT-MINEM-SENACE, emitido por la Comisión de Transferencia de Funciones del Ministerio de Energía y Minas al SENACE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968, se aprueba la creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) conforme a lo establecido en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y sus normas reglamentarias; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29968 y el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM, se desarrollan las etapas del proceso de implementación del SENACE, siendo que la tercera etapa contiene las disposiciones referidas a la transferencia de funciones de parte de las Autoridades Sectoriales, que se gestiona a través de la aprobación del Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Ambiente y el titular del sector cuya transferencia se aprueba; Que, la cuarta etapa relacionada al seguimiento de transferencia de funciones, se realiza de forma paralela a la transferencia, encargándose al Ministerio del Ambiente el seguimiento al proceso de transferencia de funciones al SENACE a fin de garantizar la correcta implementación y funcionamiento del mismo y realizar los ajustes necesarios; Que, al respecto, mediante Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprueba el cronograma de transferencia de las funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE en el marco de la Ley N° 29968; estableciéndose en el numeral 1.1 de su artículo 1 que el inicio del proceso de transferencia de funciones de los subsectores Energía y Minería se realiza en el segundo trimestre del año 2015; Que, asimismo, el numeral 1.2 del artículo citado en el párrafo precedente, establece que la transferencia de funciones comprende: a) la revisión y aprobación de los estudios de impacto ambiental detallados; b) la administración del "Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales", del "Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental" o de cualquier otro registro de denominación similar; y, c) la administración del "Registro Administrativo de carácter público y actualizado de certificaciones ambientales concedidas o denegadas", o de cualquier otro registro de denominación similar; que deba formar parte del SENACE; Que, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, la Comisión de Transferencia Sectorial respectiva tendrá la responsabilidad de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones hasta su respectiva culminación; Que, mediante Resolución Jefatural N° 021-2015-SENACE/J y Resolución Ministerial N° 0852015-MEM/DM se designaron a los representantes del SENACE y MINEM ante la comisión que se encargará de conducir y coordinar el proceso de transferencia de las funciones de los subsectores Energía y Minas, respectivamente;

Designan Asesor de la Alta Dirección Secretaría General del MINAGRI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0580-2015-MINAGRI Lima, 24 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar a un Asesor de la Alta Dirección ­ Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor Luis Rubén Zavaleta Remy, en el cargo de Asesor de la Alta Dirección ­ Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1316153-1

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