Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2015 (27/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 27 de noviembre de 2015
Documento Nacional de Identidad (/1) Usuario FISE (/2)

NORMAS LEGALES

567335

Dirección (/3)

Ubigeo Georeferencia(/4) ción (/5)

(/1): Número de ocho (8) dígitos numéricos de acuerdo al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) de la Presidenta del Comedor o Presidente del Comité de Alimentación Escolar, según corresponda. (/2): Usuario FISE: Nombre de la Presidente del Comedor o Comité de alimentación Escolar. (/3): Dirección del usuario del vale FISE. (/4): Código de ubicación geográfica identificado por el INEI (/5): Georeferenciación. (*) Usuarios Beneficiarios: Comedores Populares e Instituciones Educativas 1316979-1

INTERIOR
Autorizan viaje a Cuba de oficial de la Policía Nacional del Perú, por motivo de tratamiento médico altamente especializado
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 236-2015-IN Lima, 26 de noviembre de 2015 VISTOS, el Acta de Junta Médica Intersanidades Nº 01-2015-dnc, de fecha 2 de junio de 2015; el Oficio Nº 273-2015-IN-SALUDPOL-GG-GARCCP.EE, de fecha 20 de agosto de 2015, de la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Acta de Junta Médica Intersanidades Nº 01-15-dnc, del 2 de junio de 2015, se acordó que el Capitán de la Policía Nacional del Perú Javier Iván Arrambide Lefiman, debe ser evacuado a un centro altamente especializado en el extranjero para ser sometido a evaluación y tratamiento médico quirúrgico de fractura de columna cervical (Odontoides) y posibilidad de rehabilitación física; Que, mediante Oficio Nº 273-2015-IN-SALUDPOLGG-GGARCCP.EE, del 20 de agosto de 2015, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú, solicitó la expedición de la Resolución Suprema que autorice el viaje al extranjero del Capitán de la Policía Nacional del Perú Javier Iván Arrambide Lefiman para ser sometido a evaluación y tratamiento médico quirúrgico de fractura de columna cervical (Odontoides) y posibilidad de rehabilitación física en la Clínica Central Cira García y en el Centro Internacional de Restauración Neurológica CIREN de la ciudad de La Habana, República de Cuba, por un total de 121 días de permanencia; Que, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, emitió la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000003078, de fecha 6 de noviembre de 2015, respecto a la disponibilidad presupuestaria, por el concepto de compensación extraordinaria por tratamiento altamente especializado en el extranjero por el periodo del 1 de diciembre al 31 de diciembre de 2015 (31 días), ascendente a la suma de Un Mil Treinta y Dos y 92/100 dólares americanos (US$ 1,032.92), y pasaje aéreo en clase económica de

ida más impuestos (Lima - La Habana), por el importe de Ochocientos Sesenta y 00/100 dólares americanos (US$ 860.00) la misma que ha sido registrada en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público; Que, asimismo en cuanto al período del 01 de enero al 30 de marzo de 2016, por el concepto de compensación extraordinaria por tratamiento altamente especializado en el extranjero, ascendente a la suma de Dos Mil Novecientos Noventa y Ocho y 80/100 dólares americanos (US$ 2,998.80) y pasaje aéreo en clase económica de retorno, más impuesto (La Habana ­ Lima) por el importe de Seiscientos Treinta y Siete y 00/100 dólares americanos (US$ 637.00), se debe establecer que dichos gastos se atenderán con los créditos presupuestales aprobados para el período 2016, no requiriéndose previsión presupuestal para estos casos, pues se trata de asignación de compensación extraordinaria, para lo cual se debe considerar los términos del Oficio N° 6640-2015-DINGI-DIREJADM-DIRECFIN-PNP/DIVPRE, de fecha 5 de noviembre de 2015, en el cual se señala que dicho gasto se atiende con los créditos presupuestarios aprobados, cuyo importe es de S/. 10' 768,849.00 (Diez millones setecientos sesenta y ocho mil ochocientos cuarenta y nueve y 00/100 nuevos soles); Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Capitán de la Policía Nacional del Perú Javier Iván Arrambide Lefiman, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redundará en su bienestar personal, así como en el Institucional de la Policía Nacional del Perú, pues ello permitirá reincorporarlo en su oportunidad al servicio policial, resultando de interés institucional autorizar el respectivo viaje al exterior del país, teniendo en consideración que los gastos que irrogará dicho tratamiento por concepto de compensación extraordinaria, pasajes aéreos en clase económica (incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto) y otros, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, el artículo 13 del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, establece que el Personal Militar del Sector Defensa en Situación de Actividad que contraiga una enfermedad o lesión y no logre su total recuperación por falta de tratamiento especializado en el país, podrá ser evacuado al extranjero para ser tratado en Centros de Salud altamente especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal, requiriéndose previamente un peritaje médico, así como el informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada respectiva; Que, asimismo el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, hizo extensivo al personal de la Policía Nacional del Perú los alcances del acotado Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, por lo que en consecuencia el personal de dicha institución que requiera tratamiento especializado podrá viajar al extranjero para obtener tratamiento médico altamente especializado, cumpliendo los correspondientes requisitos en cada caso; Que, según lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo Nº 010-2013-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo N° 001-2009-IN ;y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior del Capitán de la Policía Nacional del Perú Javier Iván Arrambide Lefiman, del 1 de diciembre de 2015 hasta el 30 de marzo de 2016, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de compensación extraordinaria y pasajes aéreos en clase económica,

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