Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2015 (27/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de noviembre de 2015 /

El Peruano

incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo de la Unidad Ejecutora N° 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del interior, de acuerdo al siguiente detalle:
PRESUPUESTO DEL AÑO FISCAL 2015 (del 1 de diciembre al 31 de diciembre de 2015) Compensación Extraordinaria Pasaje de Ida Importe US$ 1,032.92 US$ 860.00 Días 31 Pers. 1 1 TOTAL US$ US$ 1,032.92 US$ 860.00

CON CARGO AL PRESUPUESTO DEL AÑO FISCAL 2016 (del 1 de enero al 30 de marzo de 2016) Importe Compensación Extraordinaria US$ 2,998.80 Pasaje de retorno US$ 637.00 Días 90 Pers. 1 1 TOTAL US$ US$ 2,998.80 US$ 637.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días, de efectuado el viaje, el personal policial mencionado en el artículo 1 deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y la compensación extraordinaria asignada. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1316983-3

Que, el inciso b) del artículo 25º del Decreto Legislativo antes acotado, estipula que la designación de los Procuradores Públicos y Procuradores Públicos Adjuntos culmina, entre otras razones, por el término de la designación; Que, mediante Resolución Suprema Nº 226-2004-JUS, de fecha 06 de octubre de 2004, se designó a la señora abogada Vilma Vásquez Lora, Procuradora Pública Adjunta de la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior; Que, mediante el Oficio Nº 314-2015-IN-DM de fecha 04 de junio de 2015, el Ministro del Interior propone que se designe al señor abogado Amado Daniel Enco Tirado, como Procurador Público Adjunto del Ministerio del Interior; Que, con el Oficio Nº 2160-2015/IN/SG de fecha 19 de junio de 2015, la Secretaria General del Ministerio del Interior señala que la propuesta de designación del citado abogado es en reemplazo de la actual Procuradora Pública Adjunta señora abogada Vilma Vásquez Lora; Que, conforme al Oficio de visto, la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto dar término a la designación de la señora abogada Vilma Vásquez Lora, como Procuradora Pública Adjunta de la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior y se designe al señor abogado Amado Daniel Enco Tirado como Procurador Público Adjunto del Ministerio del Interior, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 que crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la señora abogada Vilma Vásquez Lora, como Procuradora Pública Adjunta de la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado Amado Daniel Enco Tirado, como Procurador Público Adjunto del Ministerio del Interior. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1316982-3

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procurador Público Adjunto del Ministerio del Interior
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 216-2015-JUS Lima, 26 de noviembre de 2015 VISTO, el Oficio Nº 3793-2015-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 13.1 del artículo 13º de la citada norma, dispone que los Procuradores Públicos Adjuntos están facultados para ejercer la defensa jurídica del Estado, coadyuvando a la defensa que ejerce el Procurador Público, contando con las mismas atribuciones y prerrogativas que el titular;

Designan Procurador Público Adjunto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 217-2015-JUS Lima, 26 de noviembre de 2015 VISTO, el Oficio Nº 3796-2015-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que es atribución del Consejo de Defensa

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