Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2015 (24/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de octubre de 2015 /

El Peruano

órganos del Ministerio de Salud, órganos desconcentrados y organismos públicos descentralizados; Que, mediante los documentos del visto, la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, ha propuesto a la Alta Dirección del Ministerio de Salud aprobar la finalización de las alertas aprobadas por la Resolución Ministerial N° 695-2014/MINSA y la Resolución Ministerial N° 015-2015/MINSA, por cuanto desde el punto de vista de la gestión del riesgo de desastres, la trasmisión del Virus Chikungunya ha dejado de ser una amenaza; Que, mediante el Informe N° 1231-2015-OGAJ/ MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable; Estando a lo propuesto por la Oficina General de Defensa Nacional; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Defensa Nacional, la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por finalizadas la Alerta Verde en todos los establecimientos de salud a nivel nacional, ante el riesgo de la transmisión autóctona del Virus Chikungunya (CHIKV), declarada por Resolución Ministerial N° 695-2014/ MINSA, así como la Alerta Amarilla en los establecimientos de salud ubicados en Lima Metropolitana, así como de las Direcciones Regionales de Salud Callao, Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca, Loreto y Ucayali, ante el riesgo de la transmisión del Virus Chikungunya (CHIKV), declarada por Resolución Ministerial N° 015-2015/MINSA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Defensa Nacional, a través del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o las que hagan sus veces, se encarguen de difundir y supervisar la aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/index.asp?op=115 Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1302616-1

N° 1496 - 2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país y que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia Gobiernos Regionales y Locales; Que, la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo, ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, tiene entre sus funciones rectoras: formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de promoción del empleo, intermediación laboral, formación laboral y capacitación para el trabajo, normalización y certificación de competencias laborales, autoempleo, migración laboral y reconversión laboral, realizando seguimiento, monitoreo y evaluación respecto al desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, así como, adoptar las medidas correspondientes; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, establece como uno de los componentes del nuevo enfoque del Desarrollo de la Gestión Descentralizada al seguimiento, fortalecimiento y mejoramiento continuo del ejercicio de la competencia o función transferida a los gobiernos regionales y locales. Para ello, los Ministerios conjuntamente con los Gobiernos Regionales y Locales diseñan y promueven la implementación del seguimiento, monitoreo y evaluación Sectorial, en el marco de la supervisión de las Políticas Nacionales Sectoriales, a fin de asegurar el mejor desempeño de la Gestión Descentralizada, considerando los intereses generales del Estado, los resultados de la Gestión Pública y la diversidad de las realidades regionales y locales; Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 47-2009-PCM y la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 051-2009-PCM/SD, se reconoce a la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, como la encargada de desarrollar los componentes de la gestión descentralizada de los servicios públicos al ciudadano para que ejerzan plenamente las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, la Oficina de Descentralización es la encargada de formular y proponer los planes, proyectos y programas vinculados al proceso de transferencia y al fortalecimiento de las competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales, en coordinación con las Direcciones Generales de Línea; Que, según el acuerdo 4 del Acta de la XI Cumbre de Descentralización, la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo acordó aprobar el cronograma de actualización y aprobación de Matrices de Objetivos, Metas e indicadores de Gestión de las veinticinco (25) Gerencias y Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo para el año 2015; las mismas que deben estar debidamente consensuadas entre el Sector y las referidas Gerencias y Direcciones Regionales; Que, en ese contexto normativo y mediante documento de vistos, el Viceministro de Trabajo y Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dispone continuar con las acciones que viene realizando la Oficina de Descentralización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Sector, inherentes a la realización del "Taller Macro Regional para la validación de las matrices de objetivos, metas e indicadores del año 2015, de los convenios de gestión de los Gobiernos Regionales", evento que contará con la participación de funcionarios de los distintos Gobiernos Regionales;

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Oficializan Taller Macro Regional para validación de las matrices de objetivos, metas e indicadores del año 2015, de los convenios de gestión de los Gobiernos Regionales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 203-2015-TR Lima, 23 de octubre de 2015 VISTOS: El Proveído Nº 4199-2015-MTPE/2 del Viceministro de Trabajo y Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Oficio Nº 229-2015MTPE/4/9.4 de la Jefa de la Oficina de Descentralización; el Oficio Nº 753-2015-MTPE/4/9 del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe

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