Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2015 (24/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de octubre de 2015 /

El Peruano

Que, dada la prioridad que se viene dando a la apertura de mercados para los productos de agroexportación del Perú, y teniendo en cuenta el interés institucional de participar en la referida Misión de Promoción y Prospección Técnico Comercial al Salon du Chocolat, que permitirá, entre otros, internalizar y conocer las tendencias del mercado europeo, establecer contactos comerciales, integrar a los productores de las zonas cacaoteras del país al movimiento comercial que genera el Salon du Chocolat, a fin de promover negocios sostenibles para el mercado europeo y el desarrollo de la cadena agro productiva y logística de exportación de cacaos finos y de aroma, resulta procedente autorizar la participación en dicho evento, de la ingeniera Carmen Rosa Chávez Hurtado, Especialista de la Cadena de Cacao y Chocolate de la Dirección de Negocios Agrícolas de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, del 26 de octubre al 03 de noviembre de 2015; Que, los gastos por conceptos de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el inciso a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo aquellos casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la ingeniera Carmen Rosa Chávez Hurtado, Especialista de la Cadena de Cacao y Chocolate de la Dirección de Negocios Agrícolas de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, a la ciudad de París, República Francesa, del 26 de octubre al 03 de noviembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término del citado evento, de acuerdo al siguiente detalle: CARMEN ROSA CHÁVEZ HURTADO Pasajes Viáticos Total : $ 3,853.20 : $ 3,240.00 : $ 7,093.20

Modifican el Plan de Movilización del Ministerio, aprobado por R.M. N° 0403-2015-MINAGRI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0524-2015-MINAGRI Lima, 22 de octubre de 2015 VISTA: La Nota N° 163-2015-MINAGRI-DVPA-DGAI/DG, de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, sobre modificación de la Resolución Ministerial N° 0403-2015-MINAGRI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0403-2015-MINAGRI, de fecha 14 de agosto de 2015, se aprobó el Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego, cuyo objeto es identificar, clasificar y organizar los recursos humanos e inventariar los recursos materiales, bienes y servicios, estableciendo normas y disposiciones, para el proceso de movilización en el Sector; para afrontar en forma oportuna y sostenida situaciones de conflictos o desastres; Que, con el documento del Visto, sustentado en el Informe N° 05-2015-MINAGRI-DVPA-DGAIDIGERID-MATP, la Dirección General de Articulación Intergubernamental propone la modificación del acotado Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego, por cuanto asevera existen variaciones en las Disposiciones Específicas concernientes al numeral 10.2 del referido Plan, indicando que las funciones descritas en el citado numeral corresponden tanto a la Oficina General de Administración como a la Oficina de Tecnología de la Información; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar los numerales 10.2 y 10.3 e incorporar el numeral 10.4, así como sus respectivos subnumerales, según cada caso, del rubro 10 DISPOSICIONES ESPECÍFICAS del Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0403-2015-MINAGRI, en los términos siguientes: "10. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

(...). 10.2 Oficina General de Administración 10.1.1 Determinar los bienes y servicios que se pondrán a disposición del MINDEF o el INDECI, según sea el caso, conforme a los formatos establecidos. 10.1.2 Designar mediante una Resolución Administrativa o norma legal expresa a las personas que van a conformar la Comisión de Transferencia o Restitución de bienes y servicios. 10.1.3 Para la transferencia o restitución de bienes y servicios deberá considerar el registro y control patrimonial del Estado. 10.3 Oficina de Tecnología de la Información 10.3.1 Es la encargada de implementar el aplicativo del sistema de base de datos para los recursos humanos, materiales y servicios, disponibles a ser movilizados. 10.4 Organismos Públicos Adscritos, Programas y Proyectos Especiales (...)". Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- La comisionada cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las actividades y resultados de su participación, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1302581-2

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