Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2015 (26/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Lunes 26 de octubre de 2015 /

El Peruano

Aprueban la contratación de estudios de abogados que ejercen en Nueva York y Lima para que brinden asesoría legal en emisión internacional de bonos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 320-2015-EF/52 Lima, 26 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30283, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2015, el Ministerio de Economía y Finanzas tiene previsto realizar una emisión internacional de bonos; Que, para tal fin, se requiere contratar los servicios de un estudio de abogados que ejerza en Nueva York y de un estudio de abogados que ejerza en la ciudad de Lima, para que brinde asesoría legal en la citada emisión de bonos; Que, el numeral 6.9 del artículo 6 del "Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados" establecido en el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF y sus modificatorias, señala que los estudios de abogados seleccionados conforme al citado procedimiento, podrán ser contratados durante el ejercicio fiscal respectivo, para prestar sus servicios en otras operaciones de endeudamiento o de administración de deuda que se celebren; Que con sujeción al referido procedimiento de contratación, en el presente ejercicio fiscal, se seleccionó a SIMPSON THACHER & BARTLETT LLP, firma de abogados del Estado de Nueva York, como asesor legal externo, y a HERNANDEZ Y CIA. ABOGADOS, firma de abogados de la ciudad de Lima, como asesor legal interno, habiendo sido aprobada su contratación mediante las Resoluciones Ministeriales Nos. 204 y 107-2015EF/52 respectivamente; Que, en tal sentido, se contratará a SIMPSON THACHER & BARTLETT LLP y a HERNANDEZ Y CIA. ABOGADOS para que brinden la correspondiente asesoría legal, externa e interna, respectivamente, en la emisión de bonos indicada en el primer considerando de esta Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modificatorias, el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, y el Decreto Supremo Nº 0332006-EF y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase la contratación de SIMPSON THACHER & BARTLETT LLP, firma de abogados del Estado de Nueva York como asesor legal externo, y del estudio HERNANDEZ Y CIA. ABOGADOS, como asesor legal local, para los fines descritos en la parte considerativa de esta norma legal. Dichas contrataciones se efectuarán con cargo a las previsiones presupuestales del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, los contratos de locación de servicios que permitan implementar lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1303366-1

Aprueban textos de documentos y contratos correspondientes a la emisión de bonos destinada a prefinanciar los requerimientos financieros del Sector Público No Financiero para el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 321-2015-EF/52 Lima, 26 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30283, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó, entre otros, la emisión externa de bonos que en una o más colocaciones puede efectuar el Gobierno Nacional, con la finalidad de prefinanciar los requerimientos del siguiente ejercicio fiscal contemplados en el Marco Macroeconómico Multianual, sujeto a que se den las condiciones establecidas en el numeral 20.5 del Artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF; indicándose que por decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, se determinan los montos a ser emitidos, las condiciones generales de los bonos respectivos, la designación del banco o bancos de inversión que prestan sus servicios de estructuración y colocación, y las entidades que brindan servicios complementarios, entre otros aspectos, para implementar la citada emisión externa; Que, en tal sentido, mediante el Decreto Supremo Nº 295-2015-EF, se estableció que, en el marco de la emisión externa de bonos indicada en el considerando precedente, el Gobierno Nacional efectuará una o más colocaciones, hasta por el monto equivalente a US$ 1 248 126 122,00 (UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES CIENTO VEINTISEIS MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) con la finalidad de prefinanciar los requerimientos del siguiente ejercicio fiscal contemplados en el Marco Macroeconómico Multianual, las condiciones generales de los bonos externos, la designación de los bancos de inversión que prestan sus servicios de estructuración y colocación, y las entidades que brindan servicios complementarios en la implementación de la mencionada emisión externa de bonos; Que, en adición, el artículo 4 del acotado decreto supremo dispone que los documentos y los contratos que se deriven de la citada emisión externa de bonos serán aprobados por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; Que, para la implementación de la emisión externa de bonos indicada en los considerandos precedentes, se requiere aprobar los textos de los documentos "Prospecto Suplementario Preliminar" y "Prospecto Suplementario Final", así como de los contratos denominados "Underwriting Agreement", "Luxembourg Listing and Paying Agent Letter Agreement" y "London Paying Agent Registrar and Transfer Agent Letter Agreement"; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 295-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los textos de los documentos "Prospecto Suplementario Preliminar" y "Prospecto Suplementario Final", así como de los contratos denominados "Underwriting Agreement", "Luxembourg Listing and Paying Agent Letter Agreement" y "London Paying Agent Registrar and Transfer Agent Letter Agreement", correspondientes a la emisión de bonos destinada a prefinanciar los requerimientos financieros del Sector Público No Financiero para el Año Fiscal 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1303366-2

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