Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2015 (26/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Lunes 26 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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de Agricultura, y a la señora Rocío Esther Mundines Matute, entonces Directora de Capitalización y Seguro Agrario de la Dirección General de Competitividad Agraria, como representantes titular y alterna, respectivamente, del Ministerio de Agricultura ante el Comité Mixto encargado de establecer las acciones de cooperación en materia de seguro agrario entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación del Reino de España y el Ministerio de Agricultura del Perú; Que, mediante Nota N° 213-2015-MINAGRI-DIGNADG, de fecha 15 de mayo de 2015, la Dirección General de Negocios Agrarios remite el Informe N° 001-2015-MINAGRIDIGNA-DG/JCGP, por el cual sustenta la necesidad de actualizar la representación del MINAGRI ante el mencionado Comité Mixto, con los funcionarios que propone; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del MINAGRI, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Ministerial N° 0043-2012-AG, de fecha 16 de febrero de 2012, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar a(al) (la) Viceministro(a) de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, así como a(al) (la) Director(a) General de la Dirección General de Negocios Agrarios, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Comité Mixto encargado de establecer las acciones de cooperación en materia de seguro agrario entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación del Reino de España y el Ministerio de Agricultura y Riego del Perú. Articulo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Consulado General de España en Lima, así como a los representantes y ex representantes mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego

de la Vulnerabilidad a la Inseguridad Alimentaria para Fortalecer la Seguridad Alimentaria Familiar con Enfoques de Adaptación de los Medios de Subsistencia ­ AMICAF", cuya vigencia se estableció hasta el 31 de octubre de 2014, periodo que fue posteriormente ampliado hasta el 31 de marzo de 2015, mediante Resolución Ministerial N° 0370-2014-MINAGRI; Que, del Memorándum de Visto, sustentado en el Informe N° 095-2015-MINAGRI­DVDIAR-DGAAA-DERN, se advierte que en sesión del 17 de agosto de 2015, el mencionado Grupo de Trabajo se reunió con la finalidad que el Gerente Nacional del Proyecto AMICAF presente los resultados finales del Proyecto en mención; resultando de ello que aún faltan concluir algunos puntos para la entrega del Informe Final, por lo que se acordó solicitar al Despacho Ministerial la ampliación de su vigencia hasta el 31 de octubre de 2015; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad puede disponer en el mismo acto administrativo, que este tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existieran en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prorrogar, con eficacia anticipada al 01 de abril de 2015 y como máximo hasta el 31 de octubre de 2015, la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial denominado "Comité de Dirección del Proyecto GCP/ INT/126/JPN ­ Evaluaciones del Impacto del Cambio Climático y Mapeo de la Vulnerabilidad a la Inseguridad Alimentaria para Fortalecer la Seguridad Alimentaria Familiar con Enfoques de Adaptación de los Medios de Subsistencia ­ AMICAF", creado mediante Resolución Ministerial N° 0324-2014-MINAGRI. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Secretaría Técnica del referido Grupo de Trabajo Multisectorial, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego

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Prorrogan vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial denominado "Comité de Dirección del Proyecto GCP/INT/126/JPN - Evaluaciones del Impacto del Cambio Climático y Mapeo de la Vulnerabilidad a la Inseguridad Alimentaria para Fortalecer la Seguridad Alimentaria Familiar con Enfoques de Adaptación de los Medios de Subsistencia - AMICAF"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0519-2015-MINAGRI
Lima, 22 de octubre de 2015 VISTO: El Memorándum N° 623-2015-MINAGRI-DVDIARDGAAA, de fecha 23 de setiembre de 2015, de la Directora General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, sobre ampliación de vigencia de Grupo de Trabajo Sectorial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0324-2014-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 04 de junio de 2014, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, denominado "Comité de Dirección del Proyecto GCP/INT/126/JPN Evaluaciones del Impacto del Cambio Climático y Mapeo

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Encargan al Viceministro de Políticas Agrarias la supervisión del funcionamiento de la ANA, del SENASA, INIA y AGRO RURAL
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0522-2015-MINAGRI
Lima, 22 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 74 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, la supervisión del funcionamiento de los organismos públicos adscritos a este Ministerio, está a cargo de los Despachos Viceministeriales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0662-2014-MINAGRI, de fecha 03 de diciembre de 2014, se estableció, entre otros, que la facultad de supervisión del funcionamiento de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA y del Instituto Nacional de Innovación Agraria ­ INIA, se encuentre a cargo del Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego; Que, asimismo, mediante el Oficio Múltiple N° 0058-2015-MINAGRI-SG, de fecha 14 de agosto de 2015, se establece que la supervisión del funcionamiento del Organismos Público Sierra Exportadora y del Programa

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