Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2015 (30/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Viernes 30 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES
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JOSÉ LEONARDO ORTÍZ LA VICTORIA LAGUNAS MONSEFÚ OYOTÚN PÁTAPO PICSI PIMENTEL POMALCA PUCALÁ REQUE SANTA ROSA SAÑA TUMÁN FERREÑAFE PÍTIPO PUEBLO NUEVO ÍLLIMO JAYANCA LAMBAYEQUE MOCHUMÍ MÓRROPE MOTUPE OLMOS PACORA SAN JOSÉ SALAS TÚCUME

transferencia en materia de vivienda y saneamiento, que incluye la función establecida en el literal g) del artículo 58 de la Ley N° 27867, a los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali, Cajamarca, Loreto, Cusco, Ancash, Apurímac, Callao, Ayacucho, Puno y Arequipa; Que, los Gobiernos Regionales de Amazonas, Lambayeque y Lima - Provincias no han concluido el proceso de transferencia de la función establecida en el literal g) artículo 58 de la Ley N° 27867, por lo que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo en el marco de la función asignada en el literal e) del artículo 66 del ROF del MVCS, ha formulado los Planos Prediales que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos, expresados en nuevos soles por metro cuadrado de los distritos comprendidos en las regiones antes mencionadas, vigentes para el ejercicio fiscal 2016; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Planos Prediales que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos expresados en nuevos soles por metro cuadrado, de los distritos comprendidos en las Regiones Amazonas, Lambayeque y Lima - Provincias; vigentes para el Ejercicio Fiscal 2016, de acuerdo con la relación que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución; los cuales podrán ser recabados en la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del MVCS, según el procedimiento establecido para dicho fin. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO REGIÓN: AMAZONAS PROVINCIA BAGUA BAGUA BAGUA BONGARÁ BONGARÁ CHACHAPOYAS LUYA LUYA RODRÍGUEZ DE MENDOZA UTCUBAMBA UTCUBAMBA UTCUBAMBA REGIÓN: LAMBAYEQUE PROVINCIA CHICLAYO CHICLAYO CHICLAYO CHICLAYO CHICLAYO

DISTRITO BARRANCA PARAMONGA PATIVILCA SUPE SUPE PUERTO CAJATAMBO CANTA ASIA CERRO AZUL CHILCA IMPERIAL MALA NUEVO IMPERIAL LAS SALINAS QUILMANÁ SAN ANTONIO SAN LUIS SAN VICENTE DE CAÑETE SANTA CRUZ DE FLORES CALANGO ZÚÑIGA AUCALLAMA CHANCAY HUARAL CALLAHUANCA CARAMPOMA CHICLA

DISTRITO ARAMANGO BAGUA LA PECA JUMBILLA JAZÁN CHACHAPOYAS LAMUD LUYA SAN NICOLÁS BAGUA GRANDE CAJARURO EL MILAGRO

DISTRITO CAYALTÍ CHICLAYO CHONGOYAPE ETEN ETEN PUERTO

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