Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2015 (14/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Lunes 14 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Que, días después, el 24 de setiembre, los alferados y los bandos del Inca Q'urawasiri, llevan la imagen de la Virgen de Huaylluni de retorno a su capilla. De la misma manera que en su salida, se hace un descanso en el sitio de Cruz Pata para repetir una última vez la batalla ritual entre incas y lupaqas. De retorno a Juli, la comitiva hará la transferencia formal del cargo a los nuevos alferados; Que, las comparsas de baile de esta fiesta son los grupos de waka waka, ch'uspis y q'arapulis. La waka waka es una alegoría de la vida campesina alrededor del ganado vacuno. La comparsa de esta danza está conformada por unos 50 bailarines y se compone de una sección de mujeres vestidas con polleras de diversos colores, chaqueta, lliclla multicolor, sombrero de fieltro negro, zapatos de charol, llevan además un pututo, caracol marino, cargado en la espalda, una vasija para leche y una pequeña manta doblada con hojas de coca. Dos de estas mujeres van de blanco, y están ricamente adornadas con pedrería y lentejuelas. Los hombres van disfrazados de toros, con un armazón que llevan sobre su poncho tradicional. Estos personajes representan a vacas y toros, respectivamente. Alrededor del conjunto bailan los personajes caracterizados como los jilakatas, antiguas autoridades aymaras, y los "toreros" con traje de luces, incluyendo la capa y las banderillas, imitando en su danza los pasos elegantes del oficio que representan; Que, se llama ch'uspis al conjunto que representa la vida de los agricultores. La comparsa, conformada por niños, consta de tres grupos; los que hacen de la yunta, cuyo traje es una máscara de buey; tres muchachas con traje típico que representan a la mujer campesina, que son llamadas mama o señoras y tres muchachos que representan a un campesino y dos autoridades (el jilakata y el irpiris o comisario) con camisa blanca, pantalón negro y un chicote de autoridad. Acompaña a esta comparsa de niños un violinista y el Presidente o Teniente Gobernador de la comunidad; Que, los q'arapulis, también llamados quenachos o quena-quena porque tocan este instrumento durante su representación, están relacionados, según algunos estudiosos, al cultivo de quinua y, según otros, a la cacería de animales silvestres. Los varones visten camisa blanca, pantalón negro o verde intenso, ancho en la cadera y estrecho en los tobillos, una faja tejida en la cintura y una chuspa. En la cabeza llevan una peluca de cabello blanco, cubierta con un chullo y un sombrero negro. Lo más característico de su traje es el qawa o tigre, tipo de hombrera muy ancha llevada a modo de poncho, hecha de una sola pieza y hoy forrada con una tela moteada, imitando el antiguo uso de una piel de otorongo. Las mujeres de este conjunto llevan una blusa de pana, manto de dos colores colocado lateralmente, polleras de diversos colores y, al igual que los hombres llevan una quena, pero que no tocan. Este conjunto es acompañado por un personaje llamado yungueño, que representa al poblador de las yungas o valles bajos, que lleva un pamuco o cántaro ­ generalmente, una calabaza ­ para el licor; Que, cabe también destacar la presencia del k'usillo o mono, personaje de carácter bromista que se desplaza con total libertad por todos los espacios de la localidad, remedando y gastando bromas a los pobladores de cualquier condición, por lo que también son llamados matik yoqalla o "jóvenes chistosos". Su vestimenta oculta todos sus rasgos, pero le debe permitir libertad de movimiento. Su traje consiste en una máscara con nariz larga y orejas pequeñas, coronada por un tocado vertical. Viste saco de levita, pañolón, pechera y espaldera, cubiertas de bordados, pantalones cortos y guantes blancos. Lleva un látigo de cuero y un muñeco de trapo, representación también de un k'usillo, al que trata jocosamente de hijo. También lleva un charango o chillador, con el cual toca y canta en su recorrido por las calles del pueblo o se une temporalmente a algún conjunto de música. Se discute mucho sobre la razón de su presencia; el mono ya es conocido en la iconografía de las iglesias virreinales, pero su actitud insolente y algunos rasgos de su actual iconografía recuerdan más a los supay o saqra, demonios menores que suelen animar jocosamente diversas procesiones de vírgenes y cruces en fiestas del sur andino; Que, la Festividad de la Exaltación de la Santa Cruz es un resumen de la historia cultural, social y económica

de Juli. Sobre un espacio concebido como una entidad viva, habitado por las deidades de las montañas altiplánicas y por los Santos y Vírgenes a cuyas imágenes se les atribuyen múltiples milagros, se desenvuelven los personajes que representan al poblador local como el agricultor, el ganadero y el cazador. En este espacio, las deidades y el hombre conviven con una fauna mitificada, como el mono asociado al k'usillo y manifiesta la antigua relación que la población del altiplano ha mantenido con las zonas cálidas, representada en la figura del yungueño; Que, de especial interés es la representación de un evento de la historia prehispánica, como es la confrontación entre incas y lupaqas, recreado desde una perspectiva local. Esta representación ritualizada de la batalla, versión del tinku andino, recupera la memoria de la ascendencia étnica de los barrios y comunidades de esta región y con ello ayuda a definir los rasgos de identidad de los pobladores de Juli; Que, el Artículo 14º de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, señala que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones la de formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del Patrimonio Cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y modificada por Resolución Ministerial Nº 103-2011-MC y N° 302-2012MC, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el literal 52.5 del artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural tiene la función de "coordinar y proponer la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación (...)"; Estando a lo visado por la Directora General de la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Directora de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, y el Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, y la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011/MC, y modificada por Resolución Ministerial Nº 103-2011/MC y N° 302-2012-MC, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 0052013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Festividad de la Exaltación de la Santa Cruz u Orqu Phista del distrito de Juli, provincia de Chucuito, región Puno, en tanto se ha convertido en uno de los referentes del catolicismo andino en la región y es expresión de los principios andinos relativos al tiempo y al espacio. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la difusión del Informe Nº 301-2015-DPI-DGPC/MC y la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 3.- Notificar la presente Resolución y el Informe Nº 301-2015-DPI-DGPC/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Puno y a la Municipalidad Provincial de Chucuito. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO DE LA PUENTE BRUNKE Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1286351-1

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