Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2015 (14/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Lunes 14 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

561447

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Yanaorco, ubicada en el departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 124-2015-VMPCIC-MC Lima, 10 de setiembre de 2015 Vistos, Memorándum Nº 083-2013-DRC-CAJ/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca, el Memorando N° 619-2013-DSFL-DGPA/MC e Informe Técnico N° 148-2015-DSFL-DGPA/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el Memorando N° 0227-2015-DGPA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señalan que es de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 14 de la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con

el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación"; Que, el artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC, establece que los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos son los bienes inmuebles que constituyen evidencia de actividad humana de época prehispánica, con fines de registro, de delimitación, investigación, conservación, protección y gestión, los que se clasifican en Sitio Arqueológico, Zona Arqueológica Monumental, Paisaje Arqueológico; Que, mediante Memorándum Nº 083-2013-DRCCAJ/MC de fecha 7 de febrero de 2013, la Dirección Regional de Cultura de Cajamarca, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca solicita a la Dirección de Arqueología, actualmente Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble el apoyo con topógrafos para la delimitación de zonas arqueológicas del departamento de Cajamarca, entre ellos, la Zona Arqueológica Monumental Yanaorco, ubicada en el distrito de San Juan, provincia y departamento de Cajamarca; Que, mediante Certificado de Búsqueda Catastral Atención N° 800-2014 de fecha 13 de mayo de 2014, la Oficina Registral de Cajamarca informó respecto a la poligonal de la Zona Arqueológica Monumental Yanaorco, señalando que no se encuentra inscrita propiedad en el Registro de Predios de la citada oficina registral, no existiendo derechos reales a favor de terceros que puedan verse afectados con la delimitación del mencionado monumento arqueológico prehispánico; Que, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal a través del Memorando N° 619-2013-DSFL-DGPA/ MC de fecha 27 de junio de 2014, remite a la Dirección Desconcentrada de Cultura Cajamarca, el expediente técnico del citado monumento arqueológico prehispánico, para que el arqueólogo responsable del levantamiento catastral realizado, emita el correspondiente informe que sustente técnicamente el saneamiento físico y legal del citado monumento arqueológico prehispánico;

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