Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2016 (05/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Martes 5 de abril de 2016 /

El Peruano

resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; Con las visaciones del Secretario General y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante el Decreto Supremo 007-2013-MINAGRI, y modificado por el Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, a la señora Martha Cuba Cronkleton en el cargo de Directora de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1363461-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Ministerio del Interior
DECRETO SUPREMO Nº 075-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 007: Ministerio del Interior; Que, los artículos 166 y 171 de la Constitución Política del Perú establecen, entre otros, que la Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras; así como la participación en el desarrollo económico y social del país, y en la defensa civil de acuerdo a ley; Que, el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, dispone que dicho Ministerio diseña, establece, promueve, ejecuta, supervisa y evalúa políticas públicas en materia de orden interno y orden público, con el objeto de garantizar el cumplimiento de la ley y el respeto a los derechos humanos con visión integral e intersectorial, en todo el territorio nacional; asimismo, señala que el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú y a los organismos públicos adscritos a él; Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM, se convocó para el domingo 10 de abril del presente año, a Elecciones Generales, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, y la segunda vuelta para el día domingo 05 de junio de 2016, estimándose que dicha fecha estaría dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales; Que, mediante Oficio Nº 44-2016-IN-DM, el Ministerio del Interior solicita recursos adicionales para financiar la

participación de la Policía Nacional del Perú en el proceso de las Elecciones Generales para el día domingo 10 de abril del presente año y la segunda vuelta para día domingo 05 de junio del presente año, recursos que no han sido previstos en el presupuesto institucional aprobado en el presente año del pliego 007 Ministerio del Interior; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 16 970 000,00) a favor del pliego Ministerio del Interior, para financiar la participación de la Policía Nacional del Perú en el proceso de las Elecciones Generales para el presente año, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fiscal del pliego Ministerio del Interior; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 16 970 000,00), a favor del pliego 007 Ministerio del Interior; para financiar la participación de la Policía Nacional del Perú en el proceso de Elecciones Generales 2016, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público 1 : Recursos Ordinarios 16 970 000,00 ------------------16 970 000,00 =========== En Soles : Gobierno Central 007 : Ministerio del Interior 1 : Recursos Ordinarios 16 970 000,00 ------------------16 970 000,00 ------------------16 970 000,00 ===========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia

TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

TOTAL EGRESOS

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