Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2016 (05/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES ORGANISMOS EJECUTORES

Martes 5 de abril de 2016 /

El Peruano

INSTITUTO DE GESTION DE SERVICIOS DE SALUD
Designan Jefe de Unidad de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de la Dirección de Red de Salud San Juan de Miraflores - Villa María del Triunfo
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 250-2016/IGSS Lima, 4 de abril de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16-010538-001, que contiene Nº 244-2016-DE-DRS-SJM-VMT-IGSS, el Informe Nº 200-2016-UFIyAP-ORRHH/IGSS y el Proveído Nº 156-2016-ORRHH/IGSS; y, CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1167, que creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dispone que el Jefe Institucional tiene por atribución, entre otras, designar y remover a los directivos y servidores de confianza de la entidad; Que, mediante Resolución Suprema Nº 032-2015SA, de fecha 31 de diciembre de 2015, se aprobó la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, incluida la Dirección de Red de Salud San Juan de Miraflores ­ Villa María del Triunfo, en el cual el cargo de Jefe/a de Unidad de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de la citada Red de Salud, está calificado como Directivo Superior de Libre Designación y Remoción y se encuentra en la condición de vacante; Que, mediante el Oficio Nº 244-2016-DE-DRS-SJMVMT-IGSS, el Director de Red de Salud de la Dirección de Red de Salud San Juan de Miraflores ­ Villa María del Triunfo, propone la designación de Jefa de Unidad, Nivel F-2, de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración a la abogada Carmen Rosa Quispe Arista; Que, resulta pertinente adoptar las acciones de personal necesarias, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Dirección de Red de Salud San Juan de Miraflores ­ Villa María del Triunfo del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 173-2016MINSA, se reconoce a la Secretaria General del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, como Jefe Institucional interina de la citada entidad; Con el visado de la Secretaria General, del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Director General de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la abogada Carmen Rosa Quispe Arista, en el cargo de Jefa de Unidad, Nivel F-2,

de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de la Dirección de Red de Salud San Juan de Miraflores ­ Villa María del Triunfo del Instituto de Gestión de Servicios de Salud. Artículo 2.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO ESTHER TAPIA FLORES Jefe Institucional (i) Instituto de Gestión de Servicios de Salud 1363736-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban transferencia a Unidades Ejecutoras por servicios que brindan los establecimientos de salud a los asegurados del SIS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 082-2016/SIS Lima, 31 de marzo de 2016 VISTOS: El Informe Nº 007-2016-SIS/GNF-SGLP/PCTPLCHP con Proveído Nº 204-2016-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras por los servicios que brindan los establecimientos de salud a los asegurados del Seguro Integral de Salud, el Informe Nº 011 -2016-SIS/ OGPPDO-NAM con Proveído Nº 033-2016-SIS/OGPPDO, que contiene la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 407 emitida por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe Nº 053-2016-SIS/OGAJ/JIPL con Proveído Nº 319-2016SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, en el numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza al Seguro Integral de Salud a efectuar transferencias financieras para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados durante el Año Fiscal 2016, aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las instituciones prestadoras de servicios de salud pública podrá establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parámetros de Negociación que serán tomados en cuenta para la celebración de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas;

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