Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2016 (05/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 5 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

582405

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo Nº 117-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constitución Constituir en el Ministerio de Economía y Finanzas, el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, encargado de la coordinación y el seguimiento de los avances de la elaboración de los informes de transferencia de gobierno correspondientes a los organismos públicos adscritos al Ministerio de Economía y Finanzas, y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado- FONAFE. Artículo 2.- Funciones El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: a) Coordinar y realizar el seguimiento sobre la elaboración de los informes para la transferencia de gestión de las entidades adscritas al Sector Economía y Finanzas, y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado- FONAFE, para su incorporación al Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno. b) Efectuar las acciones previstas en la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD- Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG. c) Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas proyectos normativos complementarios, necesarios para cumplir con los objetivos del presente dispositivo legal. d) Elaborar un plan de acción en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde su instalación. e) Otras que le encargue el Ministro de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Integrantes El Grupo de Trabajo está integrado por: - La Secretaria General del Ministerio de Economía y Finanzas, quien lo preside. - La Secretaria General de la Central de Compras Públicas- PERÚ COMPRAS. - El Secretario General de la Superintendencia del Mercado de Valores- SMV. - El Gerente General de la Oficina de Normalización Previsional- ONP. - La Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado- OSCE. - El Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración TributariaSUNAT. - El Secretario General de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada- PROINVERSIÓN. - La Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial- FONAFE. - La Directora General de la Oficina General de Enlace del Ministerio de Economía y Finanzas, quien actuará como Secretaria Técnica del Grupo de Trabajo. La participación de los mencionados integrantes es Ad honorem. Artículo 4.- Instalación y plazo El Grupo de Trabajo se instalará en el plazo máximo de 48 horas de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 27 de julio de 2016. Artículo 5.- Financiamiento Los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución son asumidos con cargo al presupuesto institucional de las entidades a las que pertenecen los miembros del Grupo de Trabajo, sin irrogar gastos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 6.- Notificación Remitir copia de la presente resolución ministerial, a los funcionarios a los que se refiere el artículo 3, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1363695-2

Modifican el Plan de Acción para la implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio de Economía y Finanzas 2015 2016, aprobado con R.M. Nº 006-2015-EF/41
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 106-2016-EF/41 Lima, 4 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0062015-EF/41, se aprobó el "Plan de Acción para la Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio de Economía y Finanzas 2015-2016"; Que, la Meta 02 del literal c) del numeral 5.1.3 del "Plan de Acción para la Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio de Economía y Finanzas 2015-2016", prevé que el Ministerio de Economía y Finanzas, cuente con un grado de desarrollo avanzado y alcanza los 105 puntos en cumplimiento de la autoevaluación de los estándares de calidad contemplados en la Resolución Ministerial Nº 156-2013-PCM; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 1862015-PCM, se aprueba el "Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía" en las entidades de la Administración Pública, versión actualizada con enfoque de interculturalidad y de género, asimismo establece una variación en la puntuación del grado de desarrollo obtenido por la entidad respecto de la calidad de la atención a la ciudadanía, dejando sin efecto la Resolución Ministerial Nº 156-2013-PCM; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 001-2015-PCM-SGP, se aprueba los "Lineamientos para el proceso de implementación progresiva del Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las entidades de la Administración Pública", el cual establece los mecanismos, condiciones y plazos para garantizar la implementación anual y de forma progresiva del mencionado Manual; Que, en consecuencia resulta necesario actualizar el "Plan de Acción para la Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio de Economía y Finanzas 2015-2016", a fin que guarde concordancia con la normatividad vigente y las actividades referidas en la Resolución Ministerial Nº 1862015-PCM y en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 001-2015-PCM-SGP; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de la Meta 02 del literal c) del numeral 5.1.3 del "Plan de Acción para la Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio de Economía y Finanzas 2015-2016", aprobado con Resolución Ministerial Nº 006-2015-EF/41. Modifíquese la Meta 02 del literal c) del numeral 5.1.3 del acápite V del "Plan de Acción para la Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio de Economía y Finanzas 20152016", cuyo texto queda redactado de la siguiente manera:

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