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582477 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de abril de 2016 El Peruano / Productos Sanitarios, dispone que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas y, dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certifi car y acreditar en temas relacionados a lo establecido en dicha norma legal; Que, el artículo 119 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, constituye la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios a que hace referencia la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. Es la autoridad técnico-normativa a nivel nacional y sectorial, responsable de proponer la regulación y normar dentro de su ámbito, así como evaluar, ejecutar, controlar, fi scalizar, supervisar, vigilar, auditar, certifi car y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la Ley N° 29459; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2011-SA que dispone que sólo se consideran productos galénicos a los contenidos en la lista establecida por la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas mediante Resolución Directoral N° 154-2015-DIGEMID-DG-MINSA de fecha 01 de octubre del 2015 aprueba el Listado de Productos Galénicos; Que, con documento de visto, la Dirección de Productos Farmacéuticos solicita incluir en el referido Listado de Productos Galénicos la solución antifungosa por considerarse un producto galénico; siendo por ello necesario actualizar el Listado de Productos Galénicos, a efectos de permitir la inscripción y reinscripción en el registro sanitario de este producto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios aprobado por Decreto Supremo N° 016-2011- SA y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Listado de Productos Galénicos”, cuyo Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Derogar la Resolución Directoral N° 154-2015-DIGEMID-DG-MINSA de fecha 01 de octubre del 2015. Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la dirección electrónica del Portal de Internet del Ministerio de Salud: http://www. minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp Regístrese y publíquese. RUBÉN ESPINOZA CARRILLO Director General ANEXO LISTADO DE PRODUCTOS GALÉNICOS 1. Aceite de almendras Solución 2. Aceite carminativo Solución 3. Aceite de ricino Solución 4. Aceite de romero Solución 5. Aceite rosado Solución 6. Agua de Alibour Fuerte Solución 7. Agua de Azahar Solución 8. Agua del Carmen o Agua de los Carmelitas Solución 9. Agua de los Siete Espíritus Solución 10. Agua oxigenada 10 vol. Solución 11. Alcohol alcanforado Solución 12. Alcohol medicinal 70° Gel 13. Alcohol medicinal 70° Solución 14. Alcohol yodado Solución 15. Bálsamo de Buda o Bálsamo de Fioravanti Solución 16. Bencina yodada Solución 17. Bicarbonato de sodio Polvo para solución oral 18. Cera dental Barra 19. Elíxir estomacal Solución 20. Glicerina Solución 21. Jabón carbólico 0.25% Jabón 22. Mantequilla de cacao Barra 23. Nitrato de plata Barra 24. Pasta Lassar Pasta 25. Polvo antisudoral Polvo 26. Pomada alcanforada Pomada 27. Pomada de azufre Pomada 28. Pomada de belladona Pomada 29. Pomada secante Pomada 30. Solución antifungosa Solución 31. Solución antimicótica Solución 32. Solución de Burow Solución 33. Supositorio de glicerina niño y adulto Supositorio 34. Timol Solución 35. Tintura de yodo Solución 36. Vinagre Bully Solución 37. Violeta de genciana 1% Solución 1363725-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Ratifican Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa y Equipo de Mejora Continua, conformados mediante la R.M. N° 069-2012-TR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 063-2016-TR Lima, 4 de abril de 2016 VISTOS: El Memorándum Nº 196-2016-MTPE/4/9 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico Nº 012-2016-MTPE/4/9.3 de la Ofi cina de Organización y Modernización y el Informe Nº 1036-2016- MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la simplifi cación administrativa como política nacional de obligatorio cumplimiento es aplicable a todas las entidades que tramitan procedimientos administrativos o brindan servicios administrativos en exclusividad; en ese sentido, involucra al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se aprueba la Metodología de Simplifi cación Administrativa con la fi nalidad de orientar a las entidades en el desarrollo de procesos de simplifi cación administrativa, y dispone entre otros, la conformación de un Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplifi cación y el Equipo de Mejora Continua como responsable de planifi car y gestionar el proceso de simplifi cación administrativa al interior del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, por Resolución Ministerial N° 069-2012-TR, se conforma el Comité de Dirección del Proceso de