Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2016 (06/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 6 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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6 de enero del 2016, el cual quedará redactado con el siguiente texto: "Artículo 1º.- Delegar las siguientes facultades en el Secretario General del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, durante el año fiscal 2016: (...) h. Aprobar el expediente de contratación con proveedor no domiciliado en el país. i. Designar a los miembros titulares y suplentes del Comité encargado de llevar adelante el proceso de contratación con proveedor no domiciliado en el país. j. Aprobar las bases para la contratación con proveedor no domiciliado en el país. k. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales hasta por un límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original suscrito con proveedor no domiciliado en el país, previa emisión del informe técnico de la Oficina General de Administración y del área usuaria que sustente dicha prestación adicional. l. Autorizar la reducción de prestaciones hasta por un límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original suscrito con proveedor no domiciliado en el país, previa emisión del informe técnico de la Oficina General de Administración y del área usuaria que sustente dicha reducción. m. Aprobar la cancelación del proceso de contratación con proveedor no domiciliado en el país, previa emisión del informe técnico de la Oficina General de Administración y del área usuaria que sustente dicho pedido". Artículo 2.- Modificar el Artículo 2 de la Resolución de Presidencia Nº 001-2016-CONCYTEC-P, de fecha 6 de enero del 2016, el cual quedará redactado con el siguiente texto: "Artículo 2º.- Delegar las siguientes facultades en la Jefa de la Oficina General de Administración del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, durante el año fiscal 2016: (...) t. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual con proveedores no domiciliados en el país. u. Suscribir los contratos y adendas por adicionales, reducciones y/o ampliación de plazo con proveedores no domiciliados en el país. v. Resolver contratos suscritos con proveedores no domiciliados en el país". Artículo 3.- Dejar sin efecto toda norma o disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1363943-1

la Gestión remite el Informe Nº 008-2016-OPG.PL/ONP del Equipo de Trabajo de Planeamiento y Evaluación de la Gestión, a través del cual plantea la modificación del Plan Estratégico Institucional para el período 2012-2016; y el Informe Nº 188-2016-OAJ/ONP de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, se crea la Oficina de Normalización Previsional (ONP), reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, reglamentada a través del Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, y definida como un Organismo Público del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990, así como al Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley Nº 30003, y de otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a ley; Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM ha calificado a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) como Organismo Público Técnico Especializado; Que, con Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la ONP, el cual contiene la estructura orgánica de la institución y dispone el ordenamiento e identificación de los distintos órganos de la Entidad; y con el Decreto Supremo Nº 258-2014-EF se aprobó su modificatoria; Que, el numeral 1 del artículo 5º de la Ley Nº 28532, establece que es facultad del Jefe de la ONP dictar las políticas y lineamientos institucionales; Que, el numeral 71.1 del artículo 71º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales ­ POI, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional ­ PEI; Que, el planeamiento estratégico es un proceso participativo que compromete a los miembros de la Institución, da coherencia, unidad e integridad a las decisiones de la organización y constituye un instrumento mediante el cual se establece el rumbo a seguir por la entidad, los objetivos a lograr y las estrategias a ser implementadas, en armonía y concordancia con la Política General del Gobierno y el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 007-2012-JEFATURA/ONP, se aprobó el Plan Estratégico Institucional de la Oficina de Normalización Previsional para el período 2012 ­ 2016, modificado mediante Resolución Jefatural Nº 025-2013-JEFATURA/ONP, Resolución Jefatural Nº 002-2014-JEFATURA/ONP y Resolución Jefatural Nº 014-2015-JEFATURA/ONP; Que, mediante Memorándum Nº 079-2016-OPG/ONP, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión, remite el Informe Nº 008-2016-OPG.PL/ONP del Equipo de Trabajo de Planeamiento y Evaluación de la Gestión, a través del cual plantea la modificación del Plan Estratégico Institucional para el período 20122016, señalando en dicho informe que resulta necesario modificar el Plan Estratégico de la ONP con la finalidad de fortalecer su orientación hacia la ejecución de actividades e iniciativas que permitan el logro de los objetivos estratégicos de la Institución; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 28532, el artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10; SE RESUELVE:

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Modifican el Plan Estratégico Institucional de la ONP para el periodo 2012 - 2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 019-2016-JEFATURA/ONP Lima, 23 de marzo de 2016 VISTO: El Memorándum Nº 079-2016-OPG/ONP, con el cual la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de

Artículo Primero.- MODIFICAR con eficacia anticipada al 01 de enero de 2016, el Plan Estratégico Institucional de la Oficina de Normalización Previsional para el periodo 2012 ­ 2016, aprobado por la Resolución Jefatural Nº

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