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El Peruano / Viernes 15 de abril de 2016 583345 NORMAS LEGALES en la EMA y en las dependencias ATS se deben referir a los mismos sensores y cuando se requiera instalar sensores por separado, según se indica en 4.1.1.2, las presentaciones visuales deben estar claramente señalizadas para identi fi car la pista y sección de pista que vigila cada sensor. 4.1.2.2. Se debe obtener y presentar visualmente mediante equipo automático los valores promedio y las variaciones signi fi cativas de la dirección y la velocidad del viento en la super fi cie medidas por cada sensor. 4.1.3. Promediar4.1.3.1. El período para la determinación de los valores medios de las observaciones del viento debe ser: a) 2 minutos para los informes MET REPORT y SPECIAL y para las presentaciones visuales del viento en las dependencias de los servicios de tránsito aéreo; y b) 10 minutos para METAR y SPECI, salvo que durante el período de 10 minutos haya una discontinuidad marcada en la dirección y/o velocidad del viento, en cuyo caso, para obtener los valores medios solamente se usarán los datos posteriores a esa discontinuidad y, por consiguiente, el intervalo de tiempo debe reducirse según corresponda. Nota.— Se produce una discontinuidad marcada cuando hay un cambio repentino y sostenido de la dirección del viento de 30º o más, siendo su velocidad de 10 kt antes o después del cambio, o un cambio de la velocidad del viento de 10 kt o más, de al menos 2 minutos de duración. 4.1.3.2. El período para promediar las variaciones medidas de la velocidad media del viento (ráfagas) notifi cada de conformidad con 4.1.5.2 c) debe ser de 3 segundos para informes MET REPORT, SPECIAL, METAR y SPECI y para las presentaciones visuales del viento utilizadas para indicar variaciones respecto de la velocidad media del viento (ráfagas) en las dependencias de servicios de tránsito aéreo. 4.1.4. Precisión de la mediciónLa dirección y la velocidad del viento medio en la super fi cie que se noti fi quen, así como las variaciones respecto al viento medio en la super fi cie, deben satisfacer la precisión operacionalmente conveniente que fi gura en el Adjunto A. 4.1.5. Noti fi cación 4.1.5.1. En los informes MET REPORT, SPECIAL, METAR y SPECI, la dirección y la velocidad del viento de super fi cie deben noti fi carse en escalones de 10º geográ fi cos y 1 kt, respectivamente. Todo valor observado que no se ajuste a la escala de noti fi cación en uso debe redondearse al escalón más próximo de la escala. 4.1.5.2. En los informes MET REPORT, SPECIAL, los METAR y SPECI: a) Se debe indicar las unidades de medida para la velocidad del viento; b) se debe noti fi car del modo siguiente las variaciones de la dirección media del viento durante los últimos 10 minutos si la variación total es de 60º o más: 1) cuando la variación total sea de 60º o más y menor que 180º y la velocidad del viento sea de 3 kt o más, estas variaciones de la dirección se deben noti fi car como las dos direcciones extremas entre las que varíe el viento en la super fi cie; 2) cuando la variación total sea de 60º o más y menor que 180º y la velocidad del viento sea inferior a 3 kt, se debe noti fi car la dirección del viento como variable sin indicarse la dirección media del viento; o 3) cuando la variación total sea de 180º o más, se debe notifi car la dirección del viento como variable sin indicarse la dirección media del viento;c) las variaciones respecto a la velocidad media del viento (ráfagas) durante los últimos 10 minutos se deben notifi car cuando la velocidad máxima del viento exceda la velocidad media en: 1) 5 kt o más en los informes MET REPORT y SPECIAL cuando se apliquen procedimientos de atenuación del ruido de acuerdo con 7.2.7 de los PANS-ATM (Doc 4444 OACI); o 2) 10 kt o más en otros casos;d) cuando se notifique una velocidad del viento de menos de 1 kt, se debe indicar como calmo; e) cuando se notifique una velocidad del viento de 100 kt o más, se debe indicar que es superior a 99 kt; y f) si durante el período de 10 minutos hay una discontinuidad marcada de la dirección o, velocidad del viento, solamente se deben notificar las variaciones de la dirección media del viento y de la velocidad media del viento que ocurran después de la discontinuidad. Nota. — Véase la nota que sigue a 4.1.3.1.4.1.5.3 En los informes MET REPORT y SPECIAL:a) si se observa el viento en la super fi cie desde más de un lugar a lo largo de la pista, se deben indicar los lugares en los que estos valores son representativos; b) cuando está en servicio más de una pista y se observa viento en la super fi cie relacionado con estas pistas, se deben indicar los valores disponibles del viento para cada pista y se deben noti fi car las pistas a las que corresponden estos valores; c) cuando las variaciones respecto a la dirección media del viento se noti fi can de conformidad con 4.1.5.2 b) 2), se deben noti fi car las dos direcciones extremas entre las que el viento en la super fi cie ha variado; y d) cuando se noti fi can las variaciones respecto a la velocidad media del viento (ráfagas), de conformidad con 4.1.5.2 c), se deben noti fi car como los valores máximo y mínimo de la velocidad del viento alcanzado. 4.1.5.4 En METAR y SPECI, cuando se noti fi can las variaciones de la velocidad media del viento (ráfagas) de conformidad con 4.1.5.2 c) se debe noti fi car el valor máximo de la velocidad del viento. 4.2. Visibilidad4.2.1. Emplazamiento4.2.1.1. Cuando se utilicen sistemas por instrumentos para la medición de la visibilidad, ésta se debe medir a una altura aproximada de 2,5 m por encima de la pista. 4.2.1.2. Cuando se utilicen sistemas por instrumentos para la medición de la visibilidad, se deben obtener observaciones representativas de la visibilidad mediante el uso de sensores adecuadamente emplazados. Los sensores para observaciones de la visibilidad correspondientes a los informes MET REPORT y SPECIAL se deben emplazar de forma que proporcionen las indicaciones más prácticas de la visibilidad a lo largo de la pista y en la zona de toma de contacto. 4.2.2. Presentaciones visualesCuando se utilicen sistemas por instrumentos para la medición de la visibilidad, las presentaciones visuales de la visibilidad relacionadas con cada sensor se deben emplazar en la EMA con las presentaciones visuales correspondientes en las dependencias ATS. Las presentaciones visuales en la EMA y en las dependencias ATS deben estar relacionadas con los mismos sensores y cuando se requieran sensores por separado según lo especi fi cado en 4.2.1, se deben marcar claramente las presentaciones visuales para identi fi car el área, por ejemplo, pista y sección de la pista, vigiladas por cada sensor. 4.2.3. Promediar Cuando se utilicen sistemas por instrumentos para la medición de la visibilidad, los resultados se deben