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Viernes 15 de abril de 2016 / El Peruano 583350 NORMAS LEGALES 4.6. Temperatura del aire y temperatura del punto de rocío 4.6.1. Presentación visualCuando se utilicen equipos automatizados para medir la temperatura del aire y la temperatura del punto de rocío, deben ubicarse las presentaciones visuales de la temperatura del aire y la temperatura del punto de rocío en la EMA con la o las presentaciones visuales correspondientes en las dependencias ATS. Las presentaciones visuales que se coloquen en las EMA y en las dependencias ATS se deben referir a los mismos sensores. 4.6.2. Noti fi cación 4.6.2.1. En los informes MET REPORT, SPECIAL, METAR y SPECI, la temperatura del aire y la temperatura del punto de rocío deben noti fi carse en forma escalonada en grados Celsius enteros. Todo valor observado que no se ajuste a la escala de noti fi cación en uso se debe redondear al grado Celsius más próximo, y si el valor observado corresponde a 0,5º, debe ser redondeado al grado Celsius inmediatamente superior. 4.6.2.2. En los informes MET REPORT, SPECIAL, METAR, y SPECI se deben identi fi car las temperaturas por debajo de 0ºC. 4.7. Presión atmosférica4.7.1. Presentación visualCuando se utilice equipo automático para la medición de la presión atmosférica, QNH y, si se requiere de conformidad con 4.7.3.2 b), las presentaciones visuales de QFE relativas al barómetro deben estar situadas en la EMA con presentaciones visuales correspondientes en las dependencias ATS. Cuando se presenten visualmente valores de QFE para más de una pista según lo especi fi cado en 4.7.3.2 d), se deben marcar claramente las presentaciones visuales para identi fi car la pista a la que se re fi ere el valor QFE de la presentación visual. 4.7.2. Nivel de referenciaEl nivel de referencia para el cálculo de QFE debe ser la elevación del aeródromo. En las pistas para aproximaciones que no sean de precisión en las que el umbral esté a 2 m (7 ft) o más por debajo o por encima de la elevación del aeródromo, y en las pistas para aproximaciones de precisión, el QFE, si fuera necesario, se debe referir a la elevación del umbral pertinente. 4.7.3. Noti fi cación 4.7.3.1. Para los informes MET REPORT, SPECIAL, METAR y SPECI, el QNH y la QFE se deben calcular en décimas de hectopascales y se deben noti fi car en forma escalonada en hectopascales enteros, utilizando cuatro dígitos. Todo valor observado que no se ajuste a la escala de noti fi cación en uso debe redondearse al hectopascal inmediatamente inferior. 4.7.3.2. En los informes MET REPORT y SPECIAL:a) se debe incluir el QNH; b) se debe incluir la QFE, si lo requieren los usuarios o, si se conviene localmente entre el proveedor MET y el proveedor ATS y los explotadores interesados, en forma regular; c) se deben incluir las unidades de medida empleadas para valores de QNH y QFE; y d) si se requieren valores QFE para más de una pista, se deben noti fi car estos valores para cada pista y se deben indicar las pistas a las que corresponden los valores. 4.7.3.3. En METAR y SPECI, se deben incluir solamente los valores QNH. 4.8. Información suplementaria4.8.1. Noti fi cación4.8.1.1. En los informes MET REPORT, SPECIAL, METAR y SPECI, los siguientes fenómenos meteorológicos recientes, es decir, fenómenos meteorológicos observados en el aeródromo durante el período transcurrido a partir del último informe expedido o de la última hora, tomándose de ambos el período más breve, pero que no se perciben a la hora de la observación, deben noti fi carse, hasta un máximo de tres grupos, de acuerdo con las plantillas que fi guran en las Tablas A3-1 y A3-2, en la información suplementaria: — precipitación engelante — precipitación moderada o fuerte (incluyendo chubascos) — ventisca alta— tempestad de polvo, tempestad de arena— tormenta— nubes de embudo (tornado o tromba marina)— cenizas volcánicas 4.8.1.2. En los informes MET REPORT y SPECIAL deben noti fi carse las siguientes condiciones meteorológicas signi fi cativas o combinaciones de las mismas, en la información suplementaria: — nubes cumulonimbus CB — tormentas TS— turbulencia moderada o fuerte MOD TURB, SEV TURB— cizalladura del viento WS— granizo GR— línea de turbonada fuerte SEV SQL— engelamiento moderado o fuerte MOD ICE, SEV ICE— precipitación engelante FZDZ, FZRA— ondas orográ fi cas fuertes SEV MTW — tempestad de polvo, tempestad de arena DS, SS— ventisca alta BLSN— nubes de embudo (tornado o tromba marina) FC Debe indicarse el lugar de la condición. De ser necesaria, se debe incluir información adicional en lenguaje claro abreviado. 4.8.1.3. En los MET REPORT, SPECIAL, METAR y SPECI automáticos, además de los fenómenos meteorológicos que se enumeran en 4.8.1.1, se debe notifi car la precipitación desconocida reciente de acuerdo con la plantilla que fi gura en la Tabla A3-2 cuando el sistema automático de observación no pueda identi fi carla 4.8.1.4. En METAR y SPECI, cuando las circunstancias locales lo exijan, se debe incluir información sobre la cizalladura del viento. Nota. — Las circunstancias locales a las que se re fi ere en 4.8.1.4 comprenden, pero no necesariamente con exclusividad, la cizalladura del viento de naturaleza no transitoria tal como la que podría estar relacionada con inversiones de temperatura a poca altura o condiciones topográ fi cas locales. 4.8.1.5. En METAR y SPECI, debe incluirse como información suplementaria la siguiente, de conformidad con un acuerdo regional de navegación aérea: a) información sobre la temperatura de la super fi cie del mar y sobre el estado del mar o la altura signi fi cativa de las olas proporcionada desde las EMA, establecidas en estructuras mar adentro, en apoyo de las operaciones de helicópteros; y b) información sobre el estado de la pista, proporcionada por la autoridad competente del aeropuerto. Nota 1. — El estado del mar se especi fi ca en la Publicación núm. 306 de la OMM, Manual de claves, Volumen I.1, Parte A — Claves alfanuméricas, Tabla de claves 3700. Nota 2. — El estado de la pista se especi fi ca en la Publicación núm. 306 de la OMM, Manual de claves, Volumen I.1, Parte A — Claves alfanuméricas, Tablas de claves 0366, 0519, 0919 y 1079.