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583473 NORMAS LEGALES Sábado 16 de abril de 2016 El Peruano / es un proceso continuo que comprende la formación inicial y la formación en servicio, que tiene por fi nalidad promover el desarrollo de las competencias profesionales establecidas en el Marco de Buen Desempeño Docente, con un enfoque integral que lo prepare para atender los requerimientos complejos, diversos y cambiantes del sistema educativo peruano, preparando a los profesores para mejorar la enseñanza y los logros de aprendizaje de los estudiantes a través de las cuatro áreas de desempeño laboral que la Ley establece para la carrera pública magisterial; Que, el numeral 41.1 del artículo 41 del precitado Reglamento, establece que el Programa de Inducción del profesor que ingresa a la primera escala de la carrera magisterial, sin experiencia previa o menor de dos (02) años en la docencia pública, tiene una duración no mayor de seis (06) meses y tiene la fi nalidad de fortalecer las competencias profesionales y personales del profesor, facilitar su inserción laboral en la institución educativa, así como promover su compromiso y responsabilidad institucional; correspondiéndole al Ministerio de Educación dictar las disposiciones complementarias para su implementación, incluyendo las vinculadas con la oportunidad del inicio del Programa; Que, asimismo, el numeral 41.5 del referido artículo 41 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, dispone que el Programa de Inducción debe concluir con un plan de desarrollo profesional que incentive el desarrollo y buen desempeño laboral del profesor benefi ciario y que éste se encuentra obligado a cumplir, conforme a las disposiciones que para tal efecto establezca el Ministerio de Educación; Que, mediante Informe Nº 120-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIFODS e Informe N° 147-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, la Dirección de Formación Docente en Servicio de la Dirección General de Desarrollo Docente sustenta la necesidad de aprobar la norma que establezca las disposiciones para la implementación del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el año 2016, la que tiene por objetivo general, establecer las etapas, fases, estrategias, instrumentos, actores, responsabilidades y contenidos del referido Programa; habiéndose suscrito el último de los referidos informes conjuntamente con la Dirección General de Educación Básica Regular y la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, por abordar la norma aspectos que son parte de sus funciones; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 006-2016-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que establece disposiciones para la implementación del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el año 2016”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. DESILU LEON CHEMPEN Secretaria General 1368729-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan la VII Convención Macrorregional de Representantes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador”, a realizarse en la ciudad de Cusco RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0087-2016-JUS Lima, 13 de abril de 2016 VISTO, el Informe Nº 012-2016-JUS/DGDOJ-DDJPN de la Dirección de Desarrollo Jurídico y Proyectos Normativos de la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico; CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico ha propuesto la realización de la VII Convención Macrorregional de Representantes de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador”, que es coorganizada con el Gobierno Regional Cusco y se realizará los días jueves 19 y viernes 20 de mayo de 2016, en la ciudad de Cusco; Que, el literal f) del artículo 4 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que este organismo público es competente en materia de defensa, coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico; Que, el literal g) del artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, establece que la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico tiene la función de coordinar las actividades funcionales de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica o Gerencias Legales de las entidades del Sector Público con la fi nalidad de mantener la coherencia del ordenamiento jurídico; Que, en cumplimiento de dicha función, resulta conveniente autorizar la realización del mencionado evento; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la VII Convención Macrorregional de Representantes de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador”, que es coorganizada con el Gobierno Regional Cusco y se realizará los días jueves 19 y viernes 20 de mayo de 2016 en la ciudad de Cusco. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico la ejecución de la VII Convención Macrorregional de Representantes de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador”. Artículo 3.- Disponer la colaboración de la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina General de Tecnologías de Información y de la Ofi cina General de Imagen y Comunicaciones en la ejecución de la VII Convención Macrorregional de Representantes de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las