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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (16/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

583490 NORMAS LEGALES Sábado 16 de abril de 2016 / El Peruano modifi cada mediante Resolución Directoral N° 027-2014- EF-50.01, dispone que las modifi caciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley General, procede cuando la captación u obtención de los ingresos superen los ingresos previstos que fi nancian los créditos presupuestarios aprobados a nivel de fuente de fi nanciamiento del presupuesto institucional y consideradas en las proyecciones fi nancieras de los ingresos que efectúe el pliego, las cuales muestren un incremento que superen los créditos presupuestarios aprobados; Que, mediante documentos de vistos, la Unidad Ejecutora 002: Fondo Intangible Solidario de Salud -FISSAL, informa que al 07 de marzo 2016, se ha percibido el importe de S/. 93, 507.00 Soles, por concepto de penalidades e intereses generados por la Cuenta Única de Tesoro – CUT, correspondiente a una recaudación por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, a efectos de proceder con la utilización de los mencionados recursos y mantener el equilibrio presupuestario, resulta procedente incorporar mayores recursos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego: 135 Seguro Integral de Salud, para el Año Fiscal 2016, producto de la mayor recaudación informada por la Unidad Funcional de Administración del FISSAL; Con el visto bueno del Secretario General, del Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL y de los Jefes de las Unidades Funcionales de Administración, Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica del FISSAL, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el literal a), del numeral 42.1, del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el numeral 19.2 del artículo 19 de la Directiva N° 005-2010- EF/76.01 y por lo preceptuado en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modifi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de Noventa y Tres Mil Quinientos Siete con 00/100 Soles (S/. 93,507.00) de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS : (En Soles) Fuente de Financiamiento : 09 Recursos Directamente Recaudados 1. : Ingresos Presupuestarios 1.5 : Otros Ingresos 1.5.1.1 : Renta de la propiedad Financiera 1.5.1.1.1.1 : Intereses por Depósitos S/. 58.00 1.5.2.2 : Sanciones 1.5.2.2.1.99 : Otras Sanciones S/. 93,449.00 TOTAL INGRESOS S/. 93,507.00 EGRESOS : (En Soles) Fuente de Financiamiento : 09 Recursos Directamente Recaudados Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 135 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Unidad ejecutora : 002 Fondo Intangible Solidario de Salud Categoría Presupuestal : 9001 Acciones Centrales Producto/Proyecto : 3999999 Sin Producto Actividad : 5000003 Gestión Administrativa Categoría de Gasto : 5 Gasto Corriente 2. Gasto Presupuestario 3. Bienes y Servicios S/.20,033.00 Categoría de Gasto : 6 Gasto de Capital 2. Gasto Presupuestario 6. Adquisición de Activos No Financieros S/. 73,474.00 TOTAL EGRESOS: S/. 93,507.00 Artículo 2.- Codifi cación La Ofi cina de Presupuesto o la que haga de sus veces en el Pliego, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requiera como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 3.- Notas para Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (05) días de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012- EF. Artículo 5.- Publicación Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Ofi cial “El Peruano” y, en coordinación con la Ofi cina General de Tecnología de la información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese y Comuníquese. JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud 1368691-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Inician procedimiento de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como de determinación de costos máximos de unidades de medida de actividades requeridas para establecer precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de Emsapa Yauli La Oroya S.R.L. RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 005-2016-SUNASS-GRT Exp.: 002-2016-SUNASS-GRT-FT Lima, 13 de abril de 2016 VISTO: El Ofi cio Nº 05-2016/GG/EMSAPA-YLO-SRL de EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L., recibido el 4 de