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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (23/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 13

583979 NORMAS LEGALES Sábado 23 de abril de 2016 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi cación de los Instructivos de las Metas 18, 22, 30, 33, 35, 41 y 45 aprobados por la Resolución Directoral N° 003-2016-EF/50.01. Modifíquese los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, correspondientes a las Metas 18, 22, 30, 33, 35, 41 y 45, cuya fecha de vencimiento es el 31 de diciembre de 2016, conforme al Anexo Nº 01 “Instructivos modifi cados”, los mismos que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, los Instructivos aprobados por el artículo 1 de la presente Resolución, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (http://www.mef.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público 1371365-1 INTERIOR Disponen la publicación en el Portal Institucional del Ministerio del Interior del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo que regula el Uso de la Fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0345-2016-IN Lima, 22 de Abril de 2016 VISTOS: La Hoja de Envío N° 3509-2016-SG, de la Secretaria General del Ministerio de Interior; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N°1186, establece el marco legal que regula el uso de la fuerza por parte del personal de la Policía Nacional del Perú en cumplimiento de su fi nalidad constitucional; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N°1186, dispone que el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Interior reglamenta el citado Decreto Legislativo en un plazo máximo de noventa (90) días, contados a partir de su puesta en vigencia; Que, el artículo 13 del Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general, señala que las entidades públicas difundirán las normas legales de carácter general que sean de su competencia, a través de sus respectivos Portales Electrónicos, revistas institucionales y en general todos aquellos medios que hagan posible la difusión colectiva; Que, asimismo, el artículo 14 del acotado Reglamento establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, la Secretaria General propone la publicación del proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, con la fi nalidad de difundir dicho proyecto y así recibir las correspondientes sugerencias y recomendaciones de la ciudadanía y público especializado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013-IN y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo que regula el Uso de la Fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe). Artículo 2.- Establecer un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recibir las sugerencias y recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales en general. Artículo 3.- Las sugerencias y recomendaciones podrán ser presentadas en Mesa de Partes del Ministerio del Interior, ubicada en Plaza 30 de agosto s/n – distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, o a través de la dirección de correo electrónico: reglamentodelusodelafuerza@mininter.gob.pe. Artículo 4.- Encargar al Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior, quien coordina con la Dirección de Derechos Humanos del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú y la Dirección General para la Seguridad Democrática, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y recomendaciones que se presenten al citado proyecto normativo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1371364-1 SALUD Designan representantes alternos del Ministerio ante la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento y fiscalización del proceso de implementación del “Plan Nacional de Fortalecimiento a las Familias 2016 - 2021” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 268-2016/MINSA Lima, 20 de abril del 2016 Visto, los Expedientes Nºs. 16-025375-001 y 16- 038706-001, que contienen el Informe Nº 12-2016-JLL de la Dirección General de Promoción de la Salud y Gestión Territorial en Salud y el Ofi cio Múltiple N° 24-2016-MIMP- DVMPV del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MIMP, se constituyó la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento y fi scalización del proceso de implementación del “Plan Nacional de Fortalecimiento a las Familias 2016-2021”, con la fi nalidad de contribuir al