Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2016 (04/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de agosto de 2016 /

El Peruano

efectuadas cuatro veces durante el tiempo de cuarentena y con un intervalo de una semana entre cada prueba 6. Teilerosis (táchese la opción que no corresponda): a. Los animales proceden de zonas donde no se ha declarado casos de ni de Teilerosis en los últimos 2 años. O bien b. Resultaron negativos a una prueba de identificación del agente o inmunofluorescencia indirecta 7. España cuenta con el reconocimiento de país con riesgo insignificante reconocido por la Organización Mundial de Sanidad Animal-OIE para la Encefalopatía Espongiforme Bovina 8. En España, se encuentra prohibida la alimentación de rumiantes con harinas de carne y huesos, y con chicharrones derivados de rumiantes; así como con alimentos para animales (concentrados, balanceados, alimentos completos) que contengan proteínas de rumiantes en cumplimiento con las recomendaciones de la OIE. 9. La explotación de origen no ha registrado nunca casos de Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB). 10. La explotación de origen se encuentra registrada y autorizada por los Servicios Veterinarios Oficiales de España. En la misma los animales han cumplido un periodo de cuarentena de por lo menos los treinta (30) días previos al embarque durante el cual no se han presentado cuadros clínicos de enfermedades transmisibles. La cuarentena se realiza bajo la supervisión de los Servicios Veterinarios Oficiales de España. 11. La explotación de origen, y al menos en un área de 10 Km a su alrededor, no ha estado bajo restricciones sanitarias cuarentenarias durante al menos los sesenta (60) días previos al embarque. 12. Los bovinos a exportar no han sido descartados o desechados en España, como consecuencia de una campaña de erradicación de enfermedades transmisibles. 13. Los bovinos han sido identificados previamente, mediante un sistema que asegure la trazabilidad de los animales y permita la localización del establecimiento y lugar de origen. 14. LENGUA AZUL (táchese la opción que no corresponda). Los bovinos han sido protegidos contra las picaduras de Culicoides por lo menos los 28 días anteriores al embarque y durante el transporte al lugar de salida; y durante ese periodo dieron resultados negativos a una prueba de IDGA, ELISA o prueba de reacción en cadena de la polimerasa (PCR) realizada durante el aislamiento. Los animales positivos a la prueba de IDGA o ELISA pueden ser probados por la prueba de PCR; los animales negativos a la prueba de PCR podrán ser elegibles para ser exportados a Perú. (Indicar la fecha de la prueba) 15. LEPTOSPIROSIS Los bovinos han recibido un tratamiento con un antimicrobiano de acción específica contra Leptospira y autorizado por las Autoridades Competentes de España (indicar el nombre del antimicrobiano, la dosis usada, frecuencia del tratamiento y vía de administración). 16. RABIA SILVESTRE Los bovinos han permanecido durante los seis (6) meses anteriores al embarque en una explotación en la que no fue registrado ningún caso de Rabia durante por lo menos los doce (12) meses anteriores al embarque. 17. LEUCOSIS BOVINA Proceden de un rebaño libre de leucosis enzootica bovina y los bovinos a ser exportados han resultado negativos a una prueba de diagnóstico efectuada al inicio de la cuarentena conforme a lo siguiente; - Inmunodifusión en Gel de Agar: en hembras con 2-6 semanas antes del parto; y 1-2 semanas después del parto; o - ELISA de bloqueo: muestras individuales o conjuntas de sueros. 18. BRUCELOSIS BOVINA i. Los bovinos proceden de una establecimiento reconocido oficialmente libre de Brucelosis bovina y

resultaron negativos a una prueba de (Efectuadas durante los treinta (30) días anteriores al embarque): a) Antígeno tamponado b) Fijación de Complemento c) Polarización de la fluorescencia 19. RINOTRAQUEITIS INFECCIOSA BOVINA/ VULVOVAGINITIS PUSTULAR (táchese la opción que no corresponda) a. Los bovinos han sido vacunados con una vacuna inactivada no menos de un (1) mes y no más de seis (6) meses antes del embarque. (indicar nombre del producto, dosis, laboratorio productor y fecha de vacunación); o b. Los bovinos no han sido vacunados y resultaron negativos durante la cuarentena a dos pruebas (con intervalo de 21 días) de: - Neutralización de virus; o - ELISA de bloqueo 20. TUBERCULOSIS Los bovinos fueron aislados durante los treinta (30) días anteriores al embarque donde no manifestaron signos clínicos de tuberculosis y durante ese periodo resultaron negativos a una prueba de tuberculina. 21. PARATUBERCULOSIS. Los bovinos proceden de un rebaño en el que no fue registrado ningún signo clínico de la enfermedad durante los doce (12) meses anteriores al embarque; y resultaron negativos a dos pruebas (02) efectuadas durante los treinta (30) días anteriores al embarque, y con un intervalos de veintiún (21) días, mediante una técnica de: - ELISA; o - Inmunodifusión en gel de Agar. 22. DIARREA VIRAL BOVINA (táchese la opción que no corresponda). I. Los bovinos han sido vacunados con una vacuna inactivada entre 20 días y 6 meses antes del embarque (indicar nombre de la vacuna, dosis, laboratorio productor y fecha de vacunación) o bien II. Los bovinos resultaron negativos a una de las siguientes pruebas diagnósticas: - Aislamiento en cultivo celular de muestras de células leucocitarias, sangre completa, leucocitos lavados; o sueros con la adición de un sistema de inmunomarcaje (Inmunoperoxidasa o Fluorescencia); o - Identificación del agente en sangre, plasma o suero por la prueba de ELISA de captura de antígenos (ELISA de captura E RNS); o - Identificación del Agente en sangre por la prueba de PCR con Trascripción Inversa (RT-PCR) en dos (2) pruebas con intervalos de tres (3) semanas. 23. CARBUNCO BACTERIDIANO (ANTRAX) Los animales han sido vacunados durante un período no menor de veinte (20) días y no mayor de seis (6) meses anteriores al embarque. 24. FIEBRE Q Los bovinos resultaron negativos a una prueba de diagnóstico de ELISA efectuada durante los quince (15) días anteriores al embarque. 25. BABESIOSIS/ANAPLASMOSIS Los animales resultaron negativos a una prueba de diagnóstico para la detección de babesiosis/anaplasmosis efectuada durante los 30 días anteriores al embarque y fueron sometidos a un tratamiento eficaz contra estos agentes. 26. Cada animal en la cuarentena recibió dos tratamientos contra parásitos internos y externos con productos autorizados y adecuados para el tipo de parásito prevalente en la zona, el primero al comienzo de la cuarentena y el último durante los últimos quince (15) días previos al embarque (indicar nombre del producto, dosis, laboratorio productor y fecha de tratamiento). 27. Los bovinos fueron sometidos a una inspección previa al embarque por un Médico Veterinario Oficial de

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