Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2016 (23/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Martes 23 de agosto de 2016 /

El Peruano

aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013IN, es potestad de la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Gobierno Interior designar y remover a los empleados de confianza, de conformidad con la legislación vigente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1140, que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, modificado por Ley N° 30438; el Decreto Supremo N° 003-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la señora MARIA ELENA GUEMBERENA RIZZO al cargo de confianza de Directora General de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor JOSE ADAN GARCIA BLANCO en el cargo de confianza de Director General de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ORLANDO VILLAR AMIEL Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior 1418942-3

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de su competencia; Que, el literal d) del artículo 69º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece como una de las funciones de la Dirección Técnico Normativa evaluar y proponer para su aprobación por el Consejo Directivo, los proyectos de directivas en materia de contrataciones del Estado; Que, mediante Resolución Nº 009-2016-OSCE/PRE, de fecha 09 de enero de 2016, se aprobó la Directiva Nº 002-2016-OSCE/CD "Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado"; Que, la Dirección Técnico Normativa mediante el Informe de Vistos, propone la modificación de la Directiva Nº 002-2016-OSCE/CD "Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado"; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 003-012-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 008-2016/OSCE-CD, de fecha 19 de agosto de 2016, acordó aprobar la modificación de la Directiva Nº 002-2016-OSCE/CD "Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado"; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el literal y) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con el visado de la Secretaría General, la Dirección Técnico Normativa y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modificación de la Directiva Nº 002-2016-OSCE/CD "Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado", que forma parte integrante de la presente Resolución; la misma que entrará en vigencia a partir de su publicación. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 002-2016OSCE/CD, con las modificaciones aprobadas en el artículo precedente, en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1418967-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Aprueban la modificación de la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD "Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado"
RESOLUCIÓN Nº 307-2016-OSCE/PRE Jesús María, 22 de agosto de 2016 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 012-2016/OSCECD, de fecha 19 de agosto de 2016, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 008-2016/OSCE-CD, el Informe Nº 064-2016/DTN, de fecha 17 de agosto de 2016, de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 221-2016/ OAJ del 18 de agosto de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 00000233-2016-MIGRACIONES Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia Nº 00000233-2016-MIGRACIONES, publicada en la edición del 21 de agosto de 2016.

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