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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2016 (25/08/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 15

597489 NORMAS LEGALES Jueves 25 de agosto de 2016 El Peruano / Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS, a efectos de garantizar la operatividad en la gestión de los aludidos núcleos ejecutores de alcance departamental; Que, en ese sentido, atendiendo a los sustentos técnicos contenidos en los documentos de Vistos, corresponde emitir la Resolución Ministerial correspondiente; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, así como de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2016-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi cación del segundo párrafo del numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS Modifíquese el segundo párrafo del numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS, conforme al texto siguiente: “2.6 (…) En el supuesto que el Núcleo Ejecutor requiera de un porcentaje superior al señalado en el párrafo anterior, podrá solicitar su incremento, teniendo en consideración los siguientes topes: - Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Amazonas, Ancash y Cajamarca, hasta el 3%, - Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Apurímac, Cusco, Huánuco y Puno, hasta el 4%, - Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Ayacucho, Huancavelica, La Libertad y San Martín, hasta el 5%, - Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Loreto, Pasco y Piura, hasta el 6%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Ucayali, hasta el 7%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Madre de Dios, hasta el 13%.”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1420196-2 Aceptan renuncia de Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2016-MIDIS Lima, 23 de agosto de 2016CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 069-2014-MIDIS, se designó a la señora Mirtha Catherine Fonseca Sialer como Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la citada persona ha formulado renuncia al cargo citado, habiéndose estimado pertinente aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Mirtha Catherine Fonseca Sialer, al cargo de Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1420196-3 EDUCACION FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 383-2016-MINEDU Mediante Oficio N° 01197-2016-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 383-2016-MINEDU, publicada en la edición del día 16 de agosto de 2016. DICE:Artículo Único.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 234-2015-MINEDU, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Designar a los siguientes funcionarios como representantes del Ministerio de Educación ante el Consejo Directivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo: Presidente del Consejo Ejecutivo (...)” DEBE DECIR:Artículo Único.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 234-2015-MINEDU, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Designar a los siguientes funcionarios como representantes del Ministerio de Educación ante el Consejo Directivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo: Presidente del Consejo Directivo (…)” 1419438-1 ENERGIA Y MINAS Nombran Vocales Titulares del Consejo de Minería del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2016-EM Lima, 24 de agosto de 2016CONSIDERANDO: Que, el artículo 35 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM, señala que el Consejo de Minería es el órgano jurisdiccional administrativo en materia minera y asuntos ambientales mineros encargado de conocer y resolver, en última instancia, todos los asuntos mineros y ejercer las demás funciones que le asigna la Ley General de Minería y