Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2016 (29/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 29 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

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con información actualizada y confiable respecto a la titularidad de los servicios, y con la finalidad de propiciar el adecuado cumplimiento de la norma aprobada por este Organismo; resulta necesario modificar los plazos establecidos en las disposiciones complementarias final y transitorias de la Resolución de Consejo Directivo N° 111-2015-CD/OSIPTEL; Que, el artículo 7º del Reglamento General del OSIPTEL, establece que toda decisión de este Organismo deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados; Que asimismo, el artículo 27º del Reglamento antes citado dispone que constituye requisito para la aprobación de los reglamentos, normas y disposiciones regulatorias de carácter general que dicte el OSIPTEL, la publicación de sus respectivos proyectos en el diario oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados; Que, en consecuencia, se debe disponer la aprobación de la publicación del "Proyecto de Norma que establece las Disposiciones Complementarias y el Régimen de Infracciones y Sanciones aplicable al Decreto Supremo Nº 003-2016-MTC que modifica el Decreto Supremo N° 0232014-MTC y que dispone la utilización del mecanismo biométrico para validar la identidad de los abonados de los servicios públicos móviles prepago", otorgándose el plazo respectivo para la remisión de los comentarios correspondientes; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del Artículo 25°, el Artículo 44° y en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 613; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la publicación para comentarios del "Proyecto de Norma que establece las Disposiciones Complementarias y el Régimen de Infracciones y Sanciones aplicable al Decreto Supremo Nº 003-2016-MTC que modifica el Decreto Supremo N° 023-2014-MTC y que dispone la utilización del mecanismo biométrico para validar la identidad de los abonados de los servicios públicos móviles prepago". Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el diario oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General, disponer las acciones necesarias para que la presente resolución, conjuntamente con el Proyecto de Norma referido en el Artículo Primero, así como su Exposición de Motivos sean publicados en la página web institucional del OSIPTEL. Artículo Tercero.- Definir un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, para que los interesados remitan sus comentarios respecto del Proyecto de Norma referido en el Artículo Primero. Los comentarios serán presentados por escrito, en la oficina principal del OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San Borja, Lima). En el caso de remisión de comentarios vía fax al número: (511) 475-1816, o mediante correo electrónico a la dirección: usuarios@osiptel.gob.pe, se deberá obtener una constancia de acuse de recibo emitida por el OSIPTEL. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Protección y Servicio al Usuario del OSIPTEL, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo 1421742-1

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban transferencias financieras y otorgamiento de subvenciones a favor de diversas personas jurídicas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 120-2016-CONCYTEC-P Lima, 26 de agosto de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 024-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 205 -2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica FONDECYT, y los Informes Nº 209-2016-CONCYTECOGPP y Nº 160-2016-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, modificada a través de la Resolución de Presidencia Nº 062-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016 -CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016" (en adelante, la Directiva); Que, mediante Oficio Nº 205-2016-FONDECYTDE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por un monto total de S/ 1'112,943.30 a favor de las entidades públicas y las personas jurídicas ganadoras del Esquema Financiero EF-041: "Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada" - Convocatoria 2015-III, y del Esquema Financiero E046-2016-01 denominado "Organización de Eventos de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CTI", conforme a lo dispuesto en las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 011 y Nº 064-2016-FONDECYT -DE, respectivamente; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 024-2016 -FONDECYTUPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la

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